A/HRC/RES/48/14 y tengan en cuenta los riesgos, con el fin de contribuir a la consecución del Acuerdo de París y de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, lo que podría ayudar al logro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular los Objetivos 13 y 14, para hacer frente a los desafíos económicos, culturales, ambientales y sociales que el cambio climático plantea para el pleno disfrute de los derechos humanos para todos y, en particular, para apoyar la resiliencia y la capacidad de adaptación de las personas en situaciones vulnerables de responder a los efectos adversos del cambio climático; e) Sensibilizar sobre los derechos humanos que se ven afectados por el cambio climático, especialmente de las personas que viven en países en desarrollo particularmente vulnerables al cambio climático, como los países menos desarrollados, los pequeños Estados insulares en desarrollo y los Estados en desarrollo sin litoral, y fomentar una mayor cooperación mundial a este respecto; f) Recabar, en el desempeño de su mandato, opiniones y contribuciones de los Estados y otras partes interesadas pertinentes, incluidas las organizaciones internacionales, las instituciones, organismos, fondos y programas de las Naciones Unidas, las comisiones económicas regionales, las instituciones financieras internacionales y regionales, los mecanismos regionales de derechos humanos, las instituciones nacionales de derechos humanos, la sociedad civil, los niños y los jóvenes, las personas de edad, los pueblos indígenas, las comunidades locales, las organizaciones de derechos de la mujer, las organizaciones de personas con discapacidad, los campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales, los círculos académicos, las instituciones científicas y las organizaciones no gubernamentales, y entablar diálogos y consultas de carácter periódico sobre las medidas nacionales e internacionales relativas a una acción climática eficaz y sostenible que respete, promueva y proteja los derechos humanos; g) Facilitar y contribuir al intercambio de asistencia técnica, el fomento de la capacidad y la cooperación internacional en apoyo de los esfuerzos, las acciones y las medidas nacionales para hacer frente a los efectos adversos del cambio climático en el disfrute de los derechos humanos, en colaboración con los gobiernos, las organizaciones internacionales, la sociedad civil, las comunidades técnica y académica, el sector privado y todas las partes interesadas pertinentes, entre otros mediante el uso de tecnologías digitales nuevas y emergentes; h) Trabajar en estrecha coordinación, pero evitando la duplicación de esfuerzos, con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, otros procedimientos especiales y otros mecanismos de derechos humanos del Consejo de Derechos Humanos, los órganos de tratados y otros organismos, fondos y programas pertinentes de las Naciones Unidas, incluidos los relacionados con el cambio climático y el medio ambiente; i) Estados; Realizar visitas a los países y responder con prontitud a las invitaciones de los j) Participar y hacer contribuciones en las conferencias y reuniones internacionales pertinentes, con el fin de fomentar una perspectiva de derechos humanos y promover un enfoque sistemático y coherente de las cuestiones inherentes al mandato; k) Incorporar en todas las actividades de su mandato una perspectiva que responda a las cuestiones de género y edad, sea inclusiva de la discapacidad y tenga en cuenta la inclusión social; l) Colaborar estrechamente con los Estados y las partes interesadas pertinentes, incluidas las empresas, tanto transnacionales como de otro tipo, para adoptar una perspectiva de derechos humanos de acuerdo con los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos, a fin de mitigar los posibles efectos adversos de sus actividades, incluidos los proyectos de inversión, sobre los derechos humanos en el contexto del cambio climático; m) Mantener una estrecha coordinación con el Relator Especial sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible, el Relator Especial sobre las implicaciones para los derechos humanos de la gestión y eliminación ambientalmente racionales de las 4 GE.21-14696

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