A/RES/50/166 Página 3 actividades destinadas a combatir la violencia contra la mujer; encomia al Fondo por el apoyo que brinda a proyectos catalizadores e innovadores que fortalecen la capacidad nacional para mejorar la situación de la mujer, y toma nota con reconocimiento de la Plataforma de Acción que afirmó que el Fondo tenía el mandato de aumentar las opciones y oportunidades para el desarrollo económico y social de la mujer en los países en desarrollo proporcionando asistencia técnica y financiera para incorporar la cuestión del adelanto de la mujer en el desarrollo a todos los niveles y que debía examinar y reforzar, según procediera, su programa de trabajo a la luz de la Plataforma de Acción, centrándose en la habilitación de la mujer en las esferas social y económica; 2. Pide al Fondo, en su calidad de órgano de ejecución de las Naciones Unidas, que tome en cuenta la necesidad de fortalecer sus actividades para eliminar la violencia contra la mujer como parte de los esfuerzos que se realizan a nivel de todo el sistema de las Naciones Unidas para alcanzar esa meta, de conformidad con las medidas enunciadas en la Declaración de Beijing y la Plataforma de Acción y la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, y que se concentre en particular en las actividades a nivel nacional y comunitario, y exhorta a los Estados Miembros a que promuevan la cooperación con el Fondo a esos fines; 3. Pide también al Fondo que, al emprender las actividades que procedan, coopere estrechamente con los organismos y órganos pertinentes de las Naciones Unidas, en particular la División para el Adelanto de la Mujer, la Relatora Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre la violencia contra la mujer, el Centro de Derechos Humanos de la Secretaría, la Subdivisión de Prevención del Delito y Justicia Penal de la Secretaría y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, de manera que sus actividades formen parte de los esfuerzos que se realizan a nivel de todo el sistema de las Naciones Unidas para eliminar la violencia contra la mujer; 4. Pide asimismo al Fondo que incluya en sus informes periódicos información relativa a las actividades que realiza con miras a eliminar la violencia contra las mujeres y las niñas y que proporcione tal información a la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer y a la Comisión de Derechos Humanos; 5. Pide al Administrador del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo que, en consulta con el Secretario General, así como con los organismos y órganos competentes de las Naciones Unidas, en particular la División para el Adelanto de la Mujer, la Relatora Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre la violencia contra la mujer, el Centro de Derechos Humanos y la Subdivisión de Prevención del Delito y Justicia Penal, considere la posibilidad de establecer un fondo fiduciario, en el marco del mandato, la administración y la estructura existentes del Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer, para apoyar las medidas nacionales, regionales e internacionales, incluidas las adoptadas por gobiernos y organizaciones no gubernamentales, con el objetivo de eliminar la violencia contra la mujer; 6. Pide al Fondo que incluya en sus informes periódicos información sobre la aplicación de la presente resolución y proporcione también tal información a la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer y la Comisión de Derechos Humanos. 99ª sesión plenaria 22 de diciembre de 1995

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