A/RES/72/36
Contrarrestar la amenaza que suponen los artefactos explosivos improvisados
necesidad de resolver esta cuestión a fin de alcanzar los objetivos y metas
pertinentes de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 2, en particular la
meta 16.1, que consiste en reducir significativamente todas las formas de violencia
y las correspondientes tasas de mortalidad en todo el mundo,
Instando a los Estados Miembros a que se aseguren de que las medidas
adoptadas o los medios empleados para aplicar la presente resolución cumplan el
derecho internacional, en particular la Carta de las Naciones Unidas, y l as
disposiciones aplicables del derecho internacional humanitario y el derecho
internacional de los derechos humanos,
Reconociendo la importancia de la participación plena y la igualdad de
oportunidades de participación tanto de las mujeres como de los va rones en las
actividades encaminadas a contrarrestar la amenaza que suponen los artefactos
explosivos improvisados,
Reconociendo también que la amplia gama de materiales que pueden utilizarse
en la fabricación de artefactos explosivos improvisados, inclui dos los procedentes
de la industria militar y civil, contribuyen a la naturaleza diversa y los métodos de
despliegue de esos artefactos, lo cual exige a su vez un enfoque adecuado para la
formulación de medidas para contrarrestarlos,
Observando que las consecuencias del uso de artefactos explosivos
improvisados han de abordarse en el marco de una amplia gama de esferas
normativas y que, debido a la magnitud de la naturaleza intersectorial de la cuestión,
es esencial establecer un enfoque pangubernamental centrado en la capacidad de los
Gobiernos para aunar con eficacia varias vertientes normativas con el fin de adoptar
medidas de carácter general,
Subrayando el importante papel que pueden desempeñar los Estados creando
conciencia en las entidades del sector privado y de otro tipo sobre la posibilidad de
robo, desvío y uso indebido de sus productos para fabricar artefactos explosivos
improvisados, con miras a facilitar que esas entidades desarrollen estrategias
eficaces para contrarrestar la amenaza que suponen los artefactos explosivos
improvisados 3, incluso para prevenir los efectos adversos del desvío de materiales y
las posibles pérdidas de ingresos y riesgos para la reputación, ya sea en
colaboración con las autoridades gubernamentales o mediante procesos o
actividades entre entidades,
Haciendo notar las iniciativas en curso emprendidas por la industria que
procuran aumentar la supervisión y la rendición de cuentas de la industria en toda la
cadena de suministro de componentes precursores y alentando a los Estados a que
colaboren, según proceda, con agentes de la industria del sector privado para apoyar
esas iniciativas,
Haciendo notar también la contribución de la buena gobernanza, la promoción
de los derechos humanos, el estado de derecho, el respeto de los principios de la
Carta y el crecimiento socioeconómico sostenido e inclusivo, por medios como las
medidas y los mecanismos eficaces en favor de las personas pertenecientes a grupos
vulnerables, en cuanto elementos importantes para abordar a fondo la cuestión de
los artefactos explosivos improvisados, en particular en las situaciones posteriores a
conflictos,
Destacando la necesidad primordial de impedir que los grupos armados
ilegales, los terroristas y otros destinatarios no autorizados obtengan, manipulen,
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Resolución 70/1.
Véanse los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos: Puesta en Práctica
del Marco de las Naciones Unidas para “Proteger, Respetar y Remediar” (A/HRC/17/31, anexo).
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