A/RES/58/222
que proporcionen esos recursos lo antes posible y observa, en este contexto, la
tendencia al alza de la asistencia oficial para el desarrollo;
12. Insta a los países desarrollados que todavía no lo hayan hecho a que
adopten medidas concretas para alcanzar las metas de asignar el 0,7% de su
producto nacional bruto a la asistencia oficial para el desarrollo de los países en
desarrollo y entre el 0,15% y el 0,20% de su producto nacional bruto a la asistencia
oficial para el desarrollo de los países menos adelantados, como se reconfirmó en la
Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Países Menos Adelantados
que se celebró en Bruselas del 14 al 20 de mayo de 2001 10, alienta a los países en
desarrollo a que se basen en los progresos logrados para velar por que la asistencia
oficial para el desarrollo se utilice efectivamente para ayudar a alcanzar las metas y
los objetivos de desarrollo, reconoce los esfuerzos de todos los donantes, encomia a
los donantes cuyas contribuciones en forma de asistencia oficial para el desarrollo
superan o alcanzan los objetivos o van en aumento para alcanzarlos, y subraya la
importancia de proceder a examinar los medios y plazos para lograr las metas y los
objetivos;
13. Reconoce que un entorno nacional favorable es decisivo para movilizar
recursos internos, aumentar la productividad, reducir la fuga de capitales, estimular
el sector privado y atraer inversiones y asistencia internacionales y utilizarlas con
eficacia, y que los esfuerzos encaminados a crear ese entorno deben recibir el apoyo
de la comunidad internacional;
14. Reconoce también que los acreedores y los deudores deben compartir la
responsabilidad de prevenir y resolver las situaciones de deuda insostenible y que el
alivio de la deuda puede desempeñar una función esencial para liberar recursos que
deberían dedicarse a actividades conducentes al logro de la erradicación de la
pobreza, el crecimiento económico sostenido, el desarrollo sostenible y la
consecución de los objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos
los que figuran en la Declaración del Milenio, y, a ese respecto, insta a los países a
que destinen a esos objetivos los recursos liberados mediante el alivio de la deuda,
en particular mediante la cancelación y la reducción de la deuda;
15. Exhorta a los países desarrollados a que, mediante una cooperación
eficaz y más intensa con los países en desarrollo, promuevan el fomento de la
capacidad y faciliten el acceso a las tecnologías y los conocimientos
correspondientes, así como su transferencia, en particular a los países en desarrollo,
en condiciones favorables e incluso concesionarias y preferenciales mutuamente
convenidas, teniendo en cuenta la necesidad de proteger los derechos de propiedad
intelectual, así como las necesidades especiales de los países en desarrollo;
16. Reconoce la función crucial que podrían desempeñar el microcrédito y la
microfinanciación en la erradicación de la pobreza, la promoción de la igualdad
de géneros, la autonomía de grupos vulnerables y el desarrollo de comunidades
rurales, alienta a los gobiernos a que adopten políticas con las que se apoye el acceso
al microcrédito así como el desarrollo de instituciones de microfinanciación y sus
capacidades, y exhorta a la comunidad internacional a que apoye esos esfuerzos;
_______________
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Véase A/CONF.191/13.
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