A/RES/67/291 Naciones Unidas Distr. general 1 de agosto de 2013 Asamblea General Sexagésimo séptimo período de sesiones Tema 14 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 24 de julio de 2013 [sin remisión previa a una Comisión Principal (A/67/L.75 y Add.1)] 67/291. Saneamiento para Todos La Asamblea General, Recordando sus resoluciones 61/192, de 20 de diciembre de 2006, relativa al Año Internacional del Saneamiento (2008), y 65/153, de 20 de diciembre de 2010, relativa al seguimiento del Año Internacional del Saneamiento (2008), Recordando también las resoluciones de la Asamblea General y del Consejo de Derechos Humanos relativas al derecho humano al agua potable y el saneamiento, Recordando además su resolución 65/1, de 22 de septiembre de 2010, titulada “Cumplir la promesa: unidos para lograr los Objetivos de Desarrollo del Milenio”, Reafirmando la resolución del Consejo Económico y Social 1980/67, de 25 de julio de 1980, relativa a los años y aniversarios internacionales, y las resoluciones de la Asamblea General 53/199, de 15 de diciembre de 1998, y 61/185, de 20 de diciembre de 2006, relativas a la proclamación de años internacionales, Reafirmando también el compromiso de ejecutar el Programa 21 1, el Plan para su Ulterior Ejecución 2, el Plan de Aplicación de las Decisiones de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible (Plan de Aplicación de las Decisiones de Johannesburgo) 3, especialmente de cumplir las metas y los objetivos sujetos a plazos, y los otros objetivos de desarrollo convenidos internacionalmente, incluidos los Objetivos de Desarrollo del Milenio, _______________ 1 Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de Janeiro, 3 a 14 de junio de 1992, vol. I, Resoluciones aprobadas por la Conferencia (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.93.I.8 y corrección), resolución 1, anexo II. 2 Resolución S-19/2, anexo. 3 Informe de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, Johannesburgo (Sudáfrica), 26 de agosto a 4 de septiembre de 2002 (publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.03.II.A.1 y correcciones), cap. I, resolución 2, anexo. 12-49609 (S) *1249609* Se ruega reciclar

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