A/RES/59/77
11. Subraya también la importancia del compromiso inequívoco contraído
por los Estados poseedores de armas nucleares en el Documento Final de la
Conferencia de las Partes del Año 2000 encargada del examen del Tratado sobre la
no proliferación de las armas nucleares, celebrada en Nueva York del 24 de abril al
19 de mayo de 2000, de que eliminarán totalmente sus arsenales nucleares, lo que ha
de conducir al desarme nuclear, que todos los Estados partes se han comprometido a
lograr en virtud del artículo VI del Tratado 13, así como de la reafirmación por los
Estados partes de que la eliminación total de las armas nucleares es la única garantía
genuina contra el uso o la amenaza del uso de las armas nucleares 14;
12. Pide que se ejecuten plena y eficazmente las trece medidas para lograr el
desarme nuclear que figuran en el Documento Final de la Conferencia de las Partes del
Año 2000 encargada del examen del Tratado sobre la no proliferación de las armas
nucleares6;
13. Insta a los Estados poseedores de armas nucleares a efectuar nuevas
reducciones de las armas nucleares no estratégicas, basadas en iniciativas
unilaterales y como parte integrante del proceso de reducción de las armas nucleares
y desarme nuclear;
14. Pide que comiencen inmediatamente las negociaciones en la Conferencia
de Desarme sobre un tratado no discriminatorio, multilateral y verificable
internacional y efectivamente por el que se prohíba la producción de material
fisionable para armas nucleares u otros dispositivos explosivos nucleares, sobre la
base del informe del Coordinador Especial 15 y el mandato que allí figura;
15. Insta a la Conferencia de Desarme a acordar un programa de trabajo en que
se prevea el comienzo inmediato de las negociaciones sobre un tratado de ese tipo,
con miras a concluir esas negociaciones en un plazo de cinco años;
16. Pide que se concluya un instrumento o instrumentos jurídicos
internacionales sobre garantías de seguridad suficientes para los Estados no
poseedores de armas nucleares;
17. Pide también que entre pronto en vigor y se observe estrictamente el
Tratado de prohibición completa de los ensayos nucleares7;
18. Lamenta que la Conferencia de Desarme, en su período de sesiones
de 2004, no haya podido establecer un comité especial sobre desarme nuclear, como
le había pedido la Asamblea General en su resolución 58/56;
19. Reitera su exhortación a la Conferencia de Desarme para que establezca
a principios del año 2005, con carácter prioritario, un comité especial que se ocupe
del desarme nuclear y para que entable negociaciones sobre un programa escalonado
de desarme nuclear que culmine en la eliminación total de las armas nucleares;
20. Pide que se convoque en breve una conferencia internacional sobre el
desarme nuclear en todos sus aspectos para especificar y considerar medidas
concretas de desarme nuclear;
_______________
13
Conferencia de las Partes del Año 2000 encargada del examen del Tratado sobre la no proliferación de
las armas nucleares, Documento Final, vol. I [NPT/CONF.2000/28 (Parts I and II) y Corr.1], primera
parte, sección titulada “Artículo VI y párrafos octavo a duodécimo del preámbulo”, párr. 15:6.
14
Ibíd., sección titulada “Artículo VII y la seguridad de los Estados que no poseen armas nucleares”,
párr. 2.
15
CD/1299.
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