A/RES/52/18
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derechos y a la libre determinación de los pueblos, a la paz, la democracia, la justicia, la igualdad, el
imperio del derecho, el pluralismo, el desarrollo, el mejoramiento de los niveles de vida y la solidaridad,
Recordando su resolución 49/30, de 7 de diciembre de 1994, en la que reconoció la importancia de
la Declaración de Managua4 y del Plan de Acción5 aprobados por la Segunda Conferencia Internacional
de las Democracias Nuevas o Restauradas en julio de 1994, así como sus resoluciones 50/133, de 20 de
diciembre de 1995, y 51/31, de 6 de diciembre de 1996,
Tomando nota de la Declaración Universal sobre la Democracia, aprobada por el Consejo
Interparlamentario en su reunión celebrada en El Cairo el 16 de septiembre de 19976,
Tomando nota también de la Conferencia Internacional sobre gobernabilidad para el crecimiento
sostenible y la equidad, celebrada en Nueva York del 28 al 30 de junio de 1997,
Tomando nota con satisfacción de la celebración en Bucarest, del 2 al 4 de septiembre de 1997, de
la Tercera Conferencia Internacional de las Democracias Nuevas o Restauradas sobre la Democracia y el
Desarrollo, y de la aprobación del documento titulado "Examen de los progresos realizados y
recomendaciones"7, en el que se evaluaban los progresos alcanzados con miras a la democratización y
a la consolidación de instituciones democráticas y se incluían directrices, principios y recomendaciones
dirigidos a los gobiernos, la sociedad civil, el sector privado, los países donantes y la comunidad
internacional,
Observando en particular las recomendaciones dirigidas al sistema de las Naciones Unidas y a las
organizaciones financieras internacionales que figuran en dicho documento8,
Celebrando la inclusión de un Foro de la Sociedad Civil en las deliberaciones de la Conferencia de
Bucarest,
Observando los esfuerzos de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia
y la Cultura por alentar la educación para la democracia,
Tomando nota de las opiniones expresadas por los Estados Miembros en el debate sobre esta cuestión
en sus períodos de sesiones cuadragésimo noveno, quincuagésimo, quincuagésimo primero y
quincuagésimo segundo,
4
A/49/713, anexo I.
5
Ibíd., anexo II.
6
A/52/437, anexo IV.
7
A/52/334, anexo, apéndice.
8
Ibíd., secc. IV.
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