A/RES/64/71
que faciliten más información para el informe anual del Secretario General y para
incorporarla en el sitio web de la División;
139. Toma nota de que en la Conferencia internacional sobre el reciclaje
seguro y ambientalmente racional de los buques, celebrada en Hong Kong (China)
del 11 al 15 de mayo de 2009, se aprobó el Convenio internacional de Hong Kong
para el reciclaje seguro y ambientalmente racional de los buques, de 2009. y seis
resoluciones relacionadas con el Convenio 62, y alienta a los Estados a que lo
ratifiquen o se adhieran a él con el fin de facilitar su pronta entrada en vigor;
140. Toma nota también de la función del Convenio de Basilea29 en la
protección del entorno marino contra los efectos adversos que pueden derivarse de
esos desechos;
X
La biodiversidad marina
141. Reafirma la función que le corresponde en relación con la conservación y
el uso sostenible de la diversidad biológica marina fuera de las zonas de jurisdicción
nacional, observa la labor realizada por los Estados y las organizaciones y los órganos
intergubernamentales competentes sobre estas cuestiones, y los invita a contribuir al
examen de estas cuestiones dentro de sus ámbitos de competencia respectivos;
142. Observa el debate sobre el régimen jurídico relativo a los recursos
genéticos marinos en zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional de
conformidad con la Convención, y exhorta a los Estados a que sigan examinando
esta cuestión en el contexto del mandato del Grupo de Trabajo especial oficioso de
composición abierta encargado de estudiar las cuestiones relativas a la conservación
y el uso sostenible de la diversidad biológica marina fuera de las zonas de
jurisdicción nacional (“el Grupo de Trabajo especial oficioso de composición
abierta”), con miras a seguir progresando a este respecto;
143. Reconoce la abundancia y diversidad de los recursos genéticos marinos y
su valor en cuanto a los beneficios, bienes y servicios que pueden aportar;
144. Reconoce también la importancia de la investigación sobre los recursos
genéticos marinos a los efectos de aumentar la comprensión científica y su uso y
aplicación potenciales, y mejorar la ordenación de los ecosistemas marinos;
145. Alienta a los Estados y a las organizaciones internacionales a que sigan
apoyando, promoviendo y reforzando de manera sostenible y amplia, incluso por
conducto de programas y asociaciones bilaterales, regionales y mundiales de
cooperación, las actividades de creación de capacidad, en particular de los países en
desarrollo, en la esfera de la investigación científica marina, en particular teniendo
en cuenta la necesidad de crear mayor capacidad taxonómica;
146. Reafirma la petición que formuló al Secretario General de que convocara
una reunión del Grupo de Trabajo especial oficioso de composición abierta, de
conformidad con los párrafos 127 a 130 de su resolución 63/111, para los días 1° a
5 de febrero de 2010 con el fin de formular recomendaciones a la Asamblea General;
147. Toma nota del informe del Secretario General sobre la conservación y el
uso sostenible de la diversidad biológica marina fuera de las zonas de jurisdicción
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62
Véase Organización Marítima Internacional, documentos SR/CONF/45 y SR/CONF/46, apéndice.
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