A/HRC/RES/56/14 las capacidades nacionales, técnicas y financieras para ofrecer garantías efectivas, entre otras cosas mediante un enfoque de género y étnico y sobre la base del diálogo y el consenso con los diferentes sectores y grupos, Expresando preocupación por los obstáculos para la implementación efectiva del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, firmado en noviembre de 2016 entre el Gobierno de Colombia y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (FARC-EP), y reiterando la importancia del apoyo continuo y amplio de la comunidad internacional a la implementación del Acuerdo Final, Reafirmando que la implementación efectiva del Acuerdo Final es esencial para el goce efectivo de los derechos humanos y las libertades fundamentales en Colombia, Expresando preocupación por la persistencia del reclutamiento y la utilización de niños por grupos armados no estatales y la delincuencia organizada, incluidos niños de las comunidades indígenas y afrocolombianas y niños refugiados y migrantes, para actividades como la extorsión, el transporte de sustancias o armas, los combates y la explotación sexual, y observando con aprecio al mismo tiempo la aprobación de la Declaración sobre Escuelas Seguras por el Gobierno de Colombia, y su posterior adopción de un plan de acción para la implementación de la Declaración, Observando con preocupación que, en su informe anual sobre la situación de los derechos humanos en Colombia, presentado al Consejo de Derechos Humanos en su 55º período de sesiones1, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos informó de que la violencia, incluida la violencia sexual y de género, afectaba de manera desproporcionada a las comunidades rurales, los Pueblos Indígenas, los afrodescendientes y a sus líderes, así como a los defensores de los derechos humanos, Reconociendo la importante labor realizada por la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Colombia, cuyo mandato fue establecido por el Consejo de Seguridad en su resolución 2366 (2017), de 10 de julio de 2017, y prorrogado por la resolución 2673 (2023), de 11 de enero de 2023, y haciendo notar debidamente la referencia a los obstáculos para la implementación del Acuerdo Final que figura en el informe del Secretario General sobre la Misión de Verificación2, Acogiendo con beneplácito el primer informe del Alto Comisionado sobre el fortalecimiento de la cooperación técnica y el fomento de la capacidad en la esfera de los derechos humanos en Colombia y sus recomendaciones3, presentados al Consejo de Derechos Humanos en su actual período de sesiones, y el informe de la experta internacional en derechos humanos y sus recomendaciones sobre los obstáculos para la implementación del Acuerdo Final4, presentados al Consejo en su 55º período de sesiones, Recordando la recomendación formulada por la experta en derechos humanos, de que el Gobierno de Colombia despliegue todos los esfuerzos para la implementación integral del Acuerdo Final, en particular en lo que se refiere a las perspectivas étnicas y de género, en línea con las recomendaciones del Alto Comisionado y las formuladas por los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, Observando que la experta internacional en derechos humanos recomienda que se cree una instancia del más alto nivel gubernamental y diferente de la institución responsable de los nuevos diálogos con los grupos armados, que tenga las facultades para liderar la implementación, convocar a todas las entidades y ministerios, asegurar la debida coordinación interinstitucional y la coordinación entre las diferentes políticas públicas en materia de justicia transicional, y que se la dote de los recursos humanos y financieros necesarios para cumplir su cometido, y recordando al mismo tiempo que el Consejo de Seguridad recomendó que se creara una oficina específica dentro de la Presidencia para avanzar en la implementación del Acuerdo Final, 1 2 3 4 2 A/HRC/55/23. S/2024/267. A/HRC/56/71. A/HRC/55/18. GE.24-13015

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