A/RES/52/49 Página 3 7. Pide a la Comisión de Conciliación de las Naciones Unidas para Palestina, establecida en virtud de la resolución 194 (III) de la Asamblea General, y a otros órganos de las Naciones Unidas vinculados a la cuestión de Palestina, que sigan cooperando plenamente con el Comité y, cuando éste lo solicite, le faciliten la información y documentación pertinentes de que dispongan; 8. Pide al Secretario General que distribuya el informe del Comité a todos los órganos competentes de las Naciones Unidas, e insta a éstos a que adopten las medidas necesarias, según proceda; 9. Pide también al Secretario General que siga proporcionando al Comité todos los medios necesarios para el desempeño de su cometido. 68a. sesión plenaria 9 de diciembre de 1997

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