Naciones Unidas Asamblea General A/RES/70/36 Distr. general 11 de diciembre de 2015 Septuagésimo período de sesiones Tema 97 t) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 7 de diciembre de 2015 [sobre la base del informe de la Primera Comisión (A/70/460)] 70/36. Medidas para evitar la adquisición por terroristas de armas de destrucción en masa La Asamblea General, Recordando su resolución 69/39, de 2 de diciembre de 2014, Reconociendo la determinación de la comunidad internacional de luchar contra el terrorismo, evidenciada en las resoluciones pertinentes de la Asamblea General y el Consejo de Seguridad, Profundamente preocupada por el riesgo cada vez mayor de vinculación entre el terrorismo y las armas de destrucción en masa y, en particular, por el hecho de que los terroristas puedan tratar de adquirir armas de destrucción en masa, Conocedora de las medidas adoptadas por los Estados para aplicar la resolución 1540 (2004) del Consejo de Seguridad relativa a la no proliferación de armas de destrucción en masa, aprobada el 28 de abril de 2004, Acogiendo con beneplácito la entrada en vigor, el 7 de julio de 2007, del Convenio Internacional para la Represión de los Actos de Terrorismo Nuclear1, Acogiendo con beneplácito también la aprobación, por consenso, de las enmiendas para fortalecer la Convención sobre la Protección Física de los Materiales Nucleares2 por el Organismo Internacional de Energía Atómica, el 8 de julio de 2005, Observando el apoyo a las medidas destinadas a evitar la adquisición por terroristas de armas de destrucción en masa expresado en el Documento Final de la 16ª Conferencia de Jefes de Estado o de Gobierno de los Países No Alineados, celebrada en Teherán del 26 al 31 de agosto de 20123, Observando también que el Grupo de los Ocho, la Unión Europea, el Foro Regional de la Asociación de Naciones de Asia Sudoriental y otros han tenido en cuenta en sus deliberaciones los peligros que supone la probabilidad de que los _______________ 1 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 2445, núm. 44004. Ibid., vol. 1456, núm. 24631. 3 A/67/506-S/2012/752, anexo I. 2 15-16790 (S) *1516790*

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