A/RES/57/119
el artículo XII de la Declaración de Principios de 1993 sobre las disposiciones
relativas al gobierno autónomo provisional 3 y destaca la necesidad de que se acelere
el regreso de esas personas;
3.
Apoya, entretanto, los esfuerzos del Comisionado General del Organismo
de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de
Palestina en el Cercano Oriente para prestar toda la asistencia humanitaria posible,
con carácter urgente y como medida temporal, a las personas de la región que, como
consecuencia de las hostilidades de junio de 1967 y las hostilidades posteriores, se
encuentran actualmente desplazadas y siguen teniendo una gran necesidad de
asistencia;
4.
Hace un firme llamamiento a todos los gobiernos y a las organizaciones y
particulares para que hagan contribuciones generosas al Organismo y a las demás
organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales pertinentes para los
fines antes indicados;
5.
Pide al Secretario General que, tras consultar con el Comisionado
General, le informe antes de su quincuagésimo octavo período de sesiones sobre los
progresos realizados para aplicar la presente resolución.
73ª sesión plenaria
11 de diciembre de 2002
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