A/RES/52/034
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salvaguardias del Organismo Internacional de Energía Atómica y a que declaren su apoyo a la creación
de la zona y depositen esas declaraciones en poder del Consejo de Seguridad para ser examinadas según
corresponda,
Reafirmando el derecho inalienable de todos los Estados a adquirir y desarrollar la energía nuclear
con fines pacíficos,
Haciendo hincapié en la necesidad de que se adopten medidas adecuadas sobre la cuestión de la
prohibición de los ataques militares contra instalaciones nucleares,
Teniendo presente el consenso logrado por la Asamblea General desde su trigésimo quinto período
de sesiones de que la creación de una zona libre de armas nucleares en el Oriente Medio fortalecería
considerablemente la paz y la seguridad internacionales,
Deseosa de sustentarse en ese consenso para lograr un progreso considerable con miras a la creación
de una zona libre de armas nucleares en el Oriente Medio,
Acogiendo con beneplácito todas las iniciativas encaminadas a un desarme general y completo,
incluso en la región del Oriente Medio, y, en particular, las iniciativas sobre la creación en esa región de
una zona libre de armas de destrucción en masa, incluidas las armas nucleares,
Tomando nota de las negociaciones de paz en el Oriente Medio, que deberían ser de carácter amplio
y constituir un marco apropiado para la solución pacífica de los litigios en la región,
Reconociendo la importancia de una seguridad regional fidedigna, incluida la creación de una zona
libre de armas nucleares mutuamente verificable,
Haciendo hincapié en el papel fundamental que corresponde a las Naciones Unidas en la creación
de una zona libre de armas nucleares mutuamente verificable,
Habiendo examinado el informe del Secretario General sobre la aplicación de la resolución 51/412,
1. Insta a todas las partes directamente interesadas a que estudien seriamente la posibilidad de
adoptar las medidas prácticas y urgentes necesarias para dar efecto a la propuesta de crear una zona libre
de armas nucleares en la región del Oriente Medio de conformidad con las resoluciones pertinentes de la
Asamblea General y, para promover ese objetivo, invita a los países interesados a que se adhieran al
Tratado sobre la no proliferación de las armas nucleares3;
2. Exhorta a todos los países de la región que aún no lo hayan hecho a que, en espera de la
creación de la zona, acepten someter todas sus actividades nucleares a las salvaguardias del Organismo
Internacional de Energía Atómica;
3. Toma nota de la resolución GC(41)/RES/25, aprobada el 3 de octubre de 1997 por la
Conferencia General del Organismo Internacional de Energía Atómica, en su cuadragésimo primera
reunión ordinaria, relativa a la aplicación de las salvaguardias del Organismo en el Oriente Medio;
4. Toma nota de la importancia de las negociaciones bilaterales en curso sobre la paz en el Oriente
Medio y de las actividades del Grupo de Trabajo multilateral sobre Control de Armamentos y Seguridad
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A/52/271.
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Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 729, No. 10485.
97-77704
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