Decenio Internacional del Fortalecimiento de la Paz para las Generaciones Futuras A/RES/80/269 5. Solicita al Secretario General, los organismos especializados, las comisiones regionales y otras entidades del sistema de las Naciones Unidas que, teniendo presentes las disposiciones que figuran en el anexo de la resolución 1989/84 del Consejo Económico y Social, de 24 de mayo de 1989, faciliten las actividades del Decenio en colaboración con los Gobiernos y otros interesados pertinentes; 6. Destaca que el costo de todas las actividades que puedan derivarse de la aplicación de la presente resolución debería sufragarse mediante contribuciones voluntarias; 7. Invita a los Gobiernos y a otros interesados pertinentes a que apoyen de manera activa la implementación del Decenio, incluso mediante contribuciones voluntarias, según proceda, y a que compartan mejores prácticas y conocimientos a este respecto. 93 a sesión plenaria 25 de junio de 2026 26-09526 3/3

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