A/RES/72/179*
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
29 de enero de 2018
Septuagésimo segundo período de sesiones
Tema 72 b) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el
19 de diciembre de 2017
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/72/439/Add.2)]
72/179.
Protección de los migrantes
La Asamblea General,
Recordando todas sus resoluciones anteriores sobre la protección de los
migrantes, la más reciente de las cuales es la resolución 70/147, de 17 de diciembre
de 2015, y recordando también las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos
35/17, de 22 de junio de 2017, y 35/5, de 28 de septiembre de 2017 1,
Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos 2, donde se
proclama que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos
y que toda persona tiene los derechos y las libertades enunciados en ella, sin distinción
alguna, en particular de raza,
Reafirmando también que toda persona tiene derecho a circular libremente y a
elegir su residencia en el territorio de un Estado, y a salir de cualquier país, incluso
del propio, y regresar a su país,
Reafirmando además que todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al
reconocimiento de su personalidad jurídica,
Recordando todos los instrumentos internacionales pertinentes, en particular el
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 3 y el Pacto Internacional de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales 3, la Convención contra la Tortura y
Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes 4, la Convención
Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones
Forzadas 5, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de
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* Publicado nuevamente por razones técnicas el 18 de mayo de 2018.
1
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, septuagésimo segundo período de
sesiones, Suplemento núm. 53 (A/72/53), cap. V, secc. A.
2
Resolución 217 A (III).
3
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
4
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1465, núm. 24841.
5
Ibid., vol. 2716, núm. 48088.
17-23170 (S)
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*1723170*
210518