Desarrollo sostenible de las montañas A/RES/74/227 locales y los pueblos indígenas, incluidas las oportunidades de empleo productivo, el crecimiento económico y la promoción de la cultura y los productos locales; 17. Expresa su profunda preocupación por el número y la escala de los desastres naturales y causados por el hombre y sus efectos crecientes en los últimos años, que han provocado la pérdida de innumerables vidas humanas y han tenido consecuencias adversas a largo plazo a nivel social, económico y ambiental para las sociedades de todo el mundo, y reconoce que la reducción del riesgo de desastres requiere un enfoque preventivo más amplio y más centrado en las personas y la implicación y colaboración de toda la sociedad, así como empoderamiento y una participación inclusiva, accesible y no discriminatoria, prestando especial atención a las personas afectadas desproporcionadamente por los desastres, muchos de los cuales son agravados por el cambio climático, en particular las más pobres, y teniendo también en cuenta la vulnerabilidad de quienes viven en entornos montañosos, sobre todo en los países en desarrollo; 18. Alienta a los Estados, según proceda, a que refuercen la gobernanza del riesgo de desastres, inviertan en la reducción del riesgo de desastres para la resiliencia y desarrollen y mejoren las estrategias de gestión del riesgo de desastres en las regiones montañosas mediante una mayor generación y utilización de información sobre los riesgos climáticos y de desastres, la mejora de la comunicación de los riesgos y la participación de las comunidades de las regiones montañosas, la elaboración de mapas de riesgos y plataformas, la mejora de los sistemas de alerta temprana y la aplicación del enfoque basado en los riesgos en todos los planes de desarrollo, a fin de hacer frente a acontecimientos extremos como los desprendimientos de rocas, las avalanchas, los desbordamientos repentinos de lagos glaciares y los corrimientos de tierras, que pueden verse exacerbados por el cambio climático y la deforestación, en consonancia con el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030 14; 19. Alienta, a este respecto, la creciente participación de las autoridades locales, así como de otras partes interesadas pertinentes, en particular la población rural, los pueblos indígenas, la sociedad civil y el sector privado, en la elaboración y ejecución de programas, la planificación del uso de la tierra y los arreglos sobre tenencia de tierras, y en otras actividades pertinentes relacionadas con el desarrollo sostenible en las montañas; 20. Observa con preocupación que el acceso a los servicios y la infraestructura es menor en las tierras altas que en otras zonas, y alienta a los Estados Miembros a que mejoren la infraestructura básica en las zonas montañosas para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible; 21. Observa la importancia de velar por la conservación de los ecosistemas montañosos, incluida su diversidad biológica, a fin de mejorar su capacidad de proporcionar beneficios esenciales para el bienestar humano, la actividad económica y el desarrollo sostenible, y de desarrollar medios innovadores d e implementación para protegerlos, reconoce con aprecio a este respecto el establecimiento de los fondos pertinentes, como el fondo de la secretaría de la Alianza para las Montañas, y los esfuerzos realizados por las entidades pertinentes de las Naciones U nidas para promover la conservación de los ecosistemas de montaña, y alienta a los Estados Miembros y a todos los demás interesados pertinentes a que lo apoyen financieramente de manera voluntaria; 22. Alienta a los Estados, todas las partes interesadas pertinentes y la comunidad internacional a que redoblen sus esfuerzos en pro de la conservación de __________________ 14 19-22499 Resolución 69/283, anexo II. 7/9

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