A/RES/74/227
Desarrollo sostenible de las montañas
los ecosistemas montañosos y para mejorar el bienestar de sus poblaciones locales,
incluso promocionando la inversión en infraestructuras de las zonas montaño sas,
como el transporte y las tecnologías de la información y las comunicaciones, y
apoyando programas de educación, divulgación y de creación de capacidad,
especialmente entre las comunidades locales de las montañas y otros interesados
pertinentes, teniendo en cuenta la magnitud de los problemas actuales a los que se
enfrentan y teniendo presente los costos económicos, sociales y ambientales
crecientes que la inacción podría suponer para los países y las sociedades;
23. Subraya que la acción a nivel nacional es fundamental para progresar en
el desarrollo sostenible de las montañas, acoge con beneplácito su aumento sostenido
en los últimos años, en los que ha habido múltiples eventos, actividades e iniciativas,
e invita a la comunidad internacional a apoyar los esfuerzos que realizan los países
en desarrollo para desarrollar e implementar estrategias y programas, incluidas,
cuando sea necesario, las políticas y leyes favorables para el desarrollo sostenible de
las montañas, en el marco de los planes nacionales de desarrollo sostenible, incluso
creando capacidades institucionales y reforzando las existentes, según proceda;
24. Alienta a que se sigan llevando a cabo iniciativas de múltiples interesados
y transfronterizas a nivel nacional, regional y mundial, c uando proceda, como las que
apoyan todas las organizaciones internacionales y regionales competentes, para
impulsar el desarrollo sostenible en las regiones montañosas, y señala a este respecto
las numerosas iniciativas emprendidas, como la quinta reunión global de la Alianza
para las Montañas, celebrada en Roma del 11 al 13 de diciembre de 2017, el cuarto
Foro Mundial de Montañas, celebrado en Biskek del 23 al 26 de octubre de 2018, y
la Cumbre sobre las Regiones de Alta Montaña, celebrada en Ginebra del 2 9 al 31 de
octubre de 2019;
25. Alienta a los Estados Miembros y a todos los interesados pertinentes a que
consideren, según proceda, las cuestiones relacionadas con las montañas en los
procesos de los convenios y convenciones de las Naciones Unidas y otr os foros
mundiales pertinentes, incluido el proceso relacionado con un marco mundial para la
diversidad biológica después de 2020;
26. Alienta a los Estados Miembros a que promuevan la adaptación basada en
los ecosistemas, teniendo presentes las directrices aprobadas en 2018 en la 14ª
reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica
y la conservación de la fauna y la flora silvestres climáticamente inteligente como
instrumentos para reducir las repercusiones para las comunidades y las especies, y
acoge con beneplácito los esfuerzos de asociados como el Programa de las Naciones
Unidas para el Medio Ambiente, la Unión Internacional para la Conservación de la
Naturaleza y The Mountain Institute por promover la adaptación basada en los
ecosistemas en las regiones montañosas;
27. Alienta a todas las entidades competentes del sistema de las Naciones
Unidas a que, en el marco de sus respectivos mandatos, redoblen los esfuerzos
constructivos que realizan para fortalecer la colaboración interinstitucional a fin de
promover el desarrollo sostenible de las montañas;
28. Reconoce que las cordilleras se extienden generalmente por varios países,
y en ese contexto alienta la adopción de enfoques de cooperación transfronteriza en
que los Estados interesados convengan en promover el desarrollo sostenible de las
cordilleras y el intercambio de información a este respecto;
29. Observa con aprecio, en este contexto, el Convenio para la Protección de
los Alpes 15 y el Convenio Marco sobre la Protección y el Desarrollo Sostenible de los
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Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1917, núm. 32724.
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