A/RES/58/136 Apoyando la labor que realiza el Director Ejecutivo de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito para promover un enfoque más integrado en la lucha contra el terrorismo, el tráfico ilícito de drogas, la delincuencia organizada transnacional y otras formas conexas de actividad criminal, Destacando la necesidad de coordinación y cooperación estrechas entre los Estados, las organizaciones internacionales, regionales y subregionales, el Comité contra el Terrorismo y el Centro en la prevención y lucha contra el terrorismo y las actividades criminales encaminadas a fomentar el terrorismo en todas sus formas y manifestaciones, Convencida de la necesidad, manifestada por la Asamblea General y el Consejo de Seguridad en diversas resoluciones, en particular la resolución 1373 (2001) del Consejo, de prevenir y reprimir los actos de terrorismo, y observando con profunda preocupación los vínculos entre el terrorismo y la delincuencia organizada transnacional, el tráfico ilícito de drogas, el blanqueo de dinero y el tráfico de armas, así como las transferencias ilícitas de materiales nucleares, químicos y biológicos, Expresando su reconocimiento al Gobierno de Austria y al Centro por la organización del simposio titulado “Lucha contra el terrorismo internacional: la contribución de las Naciones Unidas”, celebrado en Viena el 3 y el 4 de junio de 2002, y tomando nota del informe del Director Ejecutivo 1, Recordando que los Estados Miembros deben garantizar que cualesquiera medidas adoptadas para luchar contra el terrorismo sean compatibles con todas sus obligaciones con arreglo al derecho internacional y que esas medidas se adopten de conformidad con el derecho internacional, en particular la normativa internacional pertinente sobre derechos humanos, derecho de los refugiados y derecho humanitario, según proceda, Tomando nota con reconocimiento de que el Comité Especial establecido por la Asamblea General en su resolución 51/210, de 17 de diciembre de 1996, continúa preparando un proyecto de convenio general sobre el terrorismo internacional 2 y un proyecto de convenio internacional para la represión de los actos de terrorismo nuclear 3, Alienta las actividades que, en el marco de sus mandatos, realiza el 1. Centro para la Prevención Internacional del Delito de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito en materia de prevención del terrorismo y que consisten en prestar asistencia técnica a los Estados Miembros que lo soliciten, concretamente para aplicar los convenios y protocolos universales relativos al terrorismo, reforzando con ello la cooperación internacional en la prevención y lucha contra el terrorismo, en estrecha colaboración con el Comité del Consejo de Seguridad establecido en virtud de la resolución 1373 (2001) relativa a la lucha contra el terrorismo y la Oficina de Asuntos Jurídicos de la Secretaría, así como con las organizaciones internacionales, regionales y subregionales; Acoge con beneplácito el establecimiento del Programa mundial contra el 2. terrorismo, lanzado por el Centro, que brinda el marco apropiado para las actividades de apoyo a los Estados Miembros en su lucha contra el terrorismo, en particular por medio de la aplicación de los convenios y protocolos universales relativos al terrorismo; _______________ 1 Véase A/57/152 y Corr.1 y Add.1 y Add.1/Corr.1 y 2 y Add.2. Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo octavo período de sesiones, Suplemento No. 37 (A/58/37), anexo II.A. 3 Ibíd., anexo II.B. 2 2

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