A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/51/108
4 de marzo de 1997
Quincuagésimo primer período de sesiones
Tema 110 c) del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/51/619/Add.3 y Corr.1)]
51/108.
Situación de los derechos humanos en el
Afganistán
La Asamblea General,
Guiada por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de
Derechos Humanos1, los Pactos internacionales de derechos humanos2 y las
normas humanitarias aceptadas que se estipulan en los Convenios de Ginebra de
12 de agosto de 19493 y sus Protocolos Adicionales de 19774,
Reafirmando que todos los Estados Miembros tienen el deber de promover y
proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales y de cumplir las
obligaciones que han contraído libremente en virtud de los diversos
instrumentos internacionales,
Recordando que el Afganistán es parte en la Convención para la
Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio5, el Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos2, el Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Sociales y Culturales2, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas
1
Resolución 217 A (III).
2
Resolución 2200 A (XXI), anexo.
3
Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 75, Nos. 970 a 973.
4
Ibíd., vol. 1125, Nos. 17512 y 17513.
5
Resolución 260 A (III).
97-77104
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