A/HRC/RES/42/19
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
8 de octubre de 2019
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
42º período de sesiones
9 a 27 de septiembre de 2019
Tema 3 de la agenda
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos
Humanos el 26 de septiembre de 2019
42/19.
Los derechos humanos y los pueblos indígenas
El Consejo de Derechos Humanos,
Recordando todas las resoluciones pertinentes de la Asamblea General, la Comisión
de Derechos Humanos y el Consejo de Derechos Humanos sobre los derechos humanos y
los pueblos indígenas,
Reafirmando su apoyo para lograr los fines de la Declaración de las Naciones
Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, aprobada por la Asamblea General en
su resolución 61/295, de 13 de septiembre de 2007,
Reconociendo que, desde su aprobación, la Declaración de las Naciones Unidas
sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas ha tenido una influencia positiva en la
redacción de varias constituciones y leyes a nivel nacional y local, y ha contribuido al
desarrollo progresivo de marcos jurídicos y políticas internacionales y nacionales en lo que
respecta a los pueblos indígenas,
Apreciando la labor que se está haciendo para promover, proteger y hacer efectivos
los derechos de los pueblos indígenas, recordando el compromiso contraído por la
Asamblea General en la Conferencia Mundial de estudiar formas de reforzar la
participación de representantes e instituciones de pueblos indígenas en reuniones de
órganos pertinentes de las Naciones Unidas sobre asuntos que les conciernan, y acogiendo
con beneplácito la resolución 71/321 de la Asamblea General, de 8 de septiembre de 2017,
Reconociendo la participación de representantes e instituciones de pueblos indígenas
en las reuniones de diversos órganos de las Naciones Unidas y de sus órganos subsidiarios,
en particular el Consejo de Derechos Humanos y el Mecanismo de Expertos sobre los
Derechos de los Pueblos Indígenas,
Reconociendo también la importancia que tiene el Fondo de Contribuciones
Voluntarias de las Naciones Unidas para los Pueblos Indígenas para facilitar la
participación de representantes e instituciones de pueblos indígenas en las reuniones que les
conciernen,
Tomando nota del informe del Mecanismo de Expertos sobre reconocimiento,
reparación y reconciliación1 y alentando a todas las partes a que examinen las
recomendaciones que figuran en el informe,
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A/HRC/EMRIP/2019/3.
GE.19-17267 (S)
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