A/HRC/RES/54/28
sus obligaciones en materia de derechos humanos y las recomendaciones aceptadas en el
contexto del examen periódico universal,
Observando que varios Estados han utilizado los fondos correspondientes de las
Naciones Unidas para apoyar la asistencia técnica y el fomento de la capacidad en materia
de derechos humanos en el cumplimiento de sus obligaciones y compromisos a ese respecto,
y subrayando la necesidad de seguir dando a conocer esos fondos, de facilitar la forma de
solicitarlos, y de redoblar los esfuerzos para mejorar su complementariedad,
Haciendo notar con aprecio las contribuciones que aportan la Junta de Síndicos del
Fondo de Contribuciones Voluntarias de las Naciones Unidas para la Cooperación Técnica
en Materia de Derechos Humanos y el Fondo de Contribuciones Voluntarias para la
Asistencia Financiera y Técnica en la Aplicación del Examen Periódico Universal a través
de sus informes anuales al Consejo de Derechos Humanos, en particular respecto de los
componentes de cooperación técnica y determinación de buenas prácticas,
Acogiendo con beneplácito y alentando las iniciativas nuevas y existentes destinadas
a prestar apoyo en forma de cooperación técnica y fomento de la capacidad en la esfera de
los derechos humanos, en consulta con los Estados interesados y con su consentimiento,
mediante la cooperación bilateral, regional, multilateral e internacional, incluidos los
diálogos bilaterales sobre derechos humanos y la cooperación Norte-Sur, Sur-Sur y
triangular, así como las alianzas público-privadas, a fin de ayudar a los Estados a cumplir sus
obligaciones en materia de derechos humanos y sus promesas y compromisos voluntarios, y
subrayando la necesidad de que los Estados y todas las partes interesadas pertinentes trabajen
de forma complementaria en la prestación de cooperación técnica y el fomento de la
capacidad en la esfera de los derechos humanos,
Destacando la necesidad de concienciar sobre la importancia de la cooperación
técnica y el fomento de la capacidad en la esfera de los derechos humanos, lo que agilizaría
la realización de actividades en ese ámbito, con miras a mejorar la situación de los derechos
humanos en todo el mundo, y también la necesidad de mantener un espíritu de cooperación
constructiva y de no politización,
Reafirmando que el examen periódico universal es un mecanismo de cooperación y
un proceso impulsado por los Estados con la participación plena del Estado de que se trate y
teniendo en consideración sus necesidades de fomento de la capacidad, de conformidad con
la resolución 60/251 de la Asamblea General, y la resolución 5/1 del Consejo de Derechos
Humanos,
Acogiendo con beneplácito la participación del 100 % de los Estados en el examen
periódico universal desde sus inicios y los esfuerzos realizados para aplicar las
recomendaciones dimanantes de su examen,
1.
Pone de relieve que el debate general celebrado en el marco del tema 10 de la
agenda es una plataforma esencial para que los miembros y los observadores del Consejo de
Derechos Humanos intercambien abiertamente ideas y opiniones, y den a conocer
experiencias concretas, dificultades, progresos y logros, así como información sobre la
asistencia que necesitan, respecto de la promoción de unas actividades más eficaces de
cooperación técnica y fomento de la capacidad en la esfera de los derechos humanos, y que
dicha cooperación técnica debe seguir siendo una labor inclusiva en que participen todos los
interesados nacionales, entre ellos los organismos públicos, las instituciones nacionales de
derechos humanos, los mecanismos nacionales para la aplicación, la presentación de
informes y el seguimiento, el sector privado y la sociedad civil, incluidas las organizaciones
de mujeres y los titulares de derechos;
2.
Reitera que la cooperación técnica y el fomento de la capacidad en la esfera de
los derechos humanos deben seguir teniendo lugar en consulta con los Estados interesados y
con su consentimiento y tener en cuenta las peticiones, necesidades y prioridades de estos, y
su contexto nacional, así como el hecho de que todos los derechos humanos son universales,
indivisibles e interdependientes, están relacionados entre sí y obedecen al propósito de tener
efectos concretos sobre el terreno a todos los niveles;
3.
Recalca la necesidad de reforzar la cooperación y el diálogo a nivel
internacional, regional y bilateral en apoyo de la promoción, la protección y el ejercicio de
GE.23-20058
3
Select target paragraph3
Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents