A/RES/57/141
en el ámbito de la ciencia marina con las organizaciones regionales de pesca, con los
órganos encargados del medio ambiente y la ciencia o con centros regionales, según se
prevé en la Parte XIV de la Convención, e insta a los Estados a que fortalezcan los
centros existentes y a que establezcan, según proceda, esos centros regionales;
IX. Seguridad marítima
26. Insta a todos los Estados y órganos internacionales competentes a que
cooperen para prevenir y reprimir la piratería y el robo a mano armada en el mar
mediante la adopción de medidas, en particular las relacionadas con la asistencia al
fomento de la capacidad, la prevención, la denuncia y la investigación de incidentes y
el enjuiciamiento de los presuntos autores, de conformidad con el derecho
internacional y mediante la sanción de legislación nacional, así como por conducto de
la capacitación de la gente de mar, el personal portuario y el personal de vigilancia,
suministrando naves y equipo de vigilancia e impidiendo la matriculación fraudulenta
de buques;
27. Exhorta a los Estados y a las entidades privadas interesadas a que cooperen
plenamente con la Organización Marítima Internacional, especialmente mediante la
presentación de denuncias de incidentes a la organización y la aplicación de sus
directrices sobre la prevención de los ataques de piratería y robo a mano armada;
28. Insta a los Estados a que pasen a ser partes en el Convenio para la
represión de actos ilícitos contra la seguridad de la navegación marítima y en su
Protocolo15, invita a los Estados a que participen en la revisión de esos instrumentos
por parte del Comité Jurídico de la Organización Marítima Internacional para
fortalecer los medios de represión de esos actos ilícitos, incluidos los actos de
terrorismo, y exhorta también a los Estados a que adopten medidas apropiadas para
velar por la aplicación eficaz de esos instrumentos, en particular mediante la sanción
de leyes, según proceda, a fin de garantizar que haya un marco apropiado para la
represión de incidentes de robo a mano armada y actos de terrorismo en el mar;
29. Acoge con beneplácito las iniciativas de la Organización Marítima
Internacional por contrarrestar la amenaza a la seguridad marítima por causa del
terrorismo, y alienta a los Estados a que apoyen cabalmente este empeño, incluso en la
Conferencia de Gobiernos Contratantes del Convenio internacional para la seguridad
de la vida humana en el mar, de 1974, que se está celebrando en Londres del 9 al 13 de
diciembre de 2002;
30. Invita una vez más a la Organización Hidrográfica Internacional a que, en
cooperación con otras organizaciones internacionales competentes y los Estados
Miembros interesados, proporcione la asistencia necesaria a los Estados, en particular
los países en desarrollo, a fin de aumentar la capacidad hidrográfica para garantizar en
especial la seguridad de la navegación y la protección del medio marino;
31. Observa el creciente problema de la inseguridad del transporte marítimo,
en general, y del tráfico ilícito de migrantes, en particular;
32. Insta a los Estados Miembros a que obren de manera mancomunada y a que
cooperen con la Organización Marítima Internacional para reforzar las medidas
encaminadas a prevenir la partida de buques dedicados al tráfico ilícito de migrantes;
33. Insta a los Estados que aún no lo hayan hecho a que pasen a ser partes en el
Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire, que complementa
_______________
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Publicación de la Organización Marítima Internacional, número de venta: 462.88.12S.
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