Los derechos humanos y la extrema pobreza
A/RES/69/183
Profundamente preocupada también por el hecho de que la extrema pobreza se
agrava aún más a causa de la desigualdad entre los géneros, la violencia y la
discriminación, que afectan de forma desproporcionada a las mujeres y las niñas,
Destacando que debería prestarse especial atención a las personas que viven
en la extrema pobreza y que se encuentran en situación vulnerable, en particular las
mujeres, los niños, los jóvenes y las personas de edad, las personas con discapacidad
y los pueblos indígenas,
Preocupada por los problemas del momento, incluidos los derivados de los
persistentes efectos de la crisis financiera y económica, la crisis alimentaria y los
constantes problemas de seguridad alimentaria, así como los crecientes desafíos
planteados por el cambio climático y la pérdida de biodiversidad, y por el
consiguiente aumento del número de personas que viven en la extrema pobreza y su
influencia negativa en la capacidad de todos los Estados, especialmente los países
en desarrollo, de combatir la extrema pobreza,
Reconociendo que la erradicación de la extrema pobreza constituye un desafío
importante en el proceso de globalización que requiere la coordinación y
continuación de políticas inclusivas mediante la cooperación internacional y una
acción nacional resuelta,
Reconociendo también que los sistemas de protección social contribuyen
decisivamente a la realización de los derechos humanos para todos, en particular
para las personas que se encuentran en situación vulnerable o de marginación y que
están atrapadas en la pobreza y son objeto de discriminación,
Reconociendo además que las desigualdades persistentes y crecientes en los
países constituyen un enorme obstáculo para la erradicación de la pobreza, que
afecta particularmente a las personas que viven en la extrema pobreza y que se
encuentran en situación vulnerable,
Destacando la necesidad de entender mejor y abordar las causas y
consecuencias pluridimensionales de la extrema pobreza,
Reafirmando que la extrema pobreza generalizada impide el disfrute pleno y
efectivo de todos los derechos humanos y puede, en ciertas situaciones, constituir
una amenaza para el derecho a la vida, por lo que su mitigación inmediata y su
erradicación definitiva deben seguir teniendo gran prioridad para la comunidad
internacional,
Destacando que el respeto de todos los derechos humanos, que son
universales, indivisibles e interdependientes y están interrelacionados, es de
importancia vital para todas las políticas y todos los programas de lucha contra la
extrema pobreza,
Subrayando la prioridad y urgencia que atribuyen los Jefes de Estado y de
Gobierno a la erradicación de la extrema pobreza, como se indica en los documentos
finales de las grandes conferencias y cumbres de las Naciones Unidas en las esferas
económica, social y esferas conexas,
Reafirmando que la democracia, el desarrollo y el disfrute pleno y efectivo de
los derechos humanos y las libertades fundamentales son interdependientes, se
refuerzan mutuamente, y que contribuyen a la erradicación de la extrema pobreza,
1.
Reafirma que la extrema pobreza y la exclusión social vulneran la
dignidad humana y que, en consecuencia, hay que adoptar medidas urgentes en los
planos nacional e internacional para eliminarlas;
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