A/RES/74/115
Cooperación internacional para la asistencia humanitaria en
los casos de desastre natural, desde el socorro hasta el desarrollo
como la coordinación con asociados tradicionales y no tradicionales, la determinación
y difusión de enseñanzas obtenidas, la elaboración de instrumentos y mecanismos
comunes para evaluar las necesidades de recuperación, la formulación de estrategias
y la programación, así como la incorporación de la reducción del riesgo de desastres
en todos los procesos de recuperación, y acoge con beneplácito las actividades que se
están realizando con este propósito;
55. Alienta a los Estados Miembros y al sistema de las Naciones Unidas a que
apoyen las iniciativas nacionales para hacer frente a los efectos diferenciados de los
desastres naturales en la población afectada, por medios como la reunión y el análisis
de datos desglosados, entre otros factores, por sexo, edad y discapacidad, utilizando,
entre otras cosas, la información existente suministrada por los Estados, así como la
elaboración de instrumentos, métodos y procedimientos que permitan realizar
evaluaciones más oportunas y útiles de las necesidades iniciales que conduzcan a una
asistencia específica y más eficaz, y teniendo en cuenta el impacto ambiental;
56. Exhorta a las organizaciones humanitarias de las Naciones Unidas a que,
en consulta con los Estados Miembros, según proceda, mejoren la base empírica que
sustenta la asistencia humanitaria eficaz reforzando aún más los mecanismos comunes
a fin de aumentar la calidad, la transparencia y la fiabilidad de las evaluaciones
conjuntas de las necesidades humanitarias y seguir avanzando en su preparación,
evaluar su desempeño en la prestación de la asistencia y asegurar que esas
organizaciones hagan el uso más efectivo posible de los recursos humanitarios;
57. Alienta a los Estados Miembros a que tomen medidas para desarrollar o
mejorar la reunión y el análisis de datos y facilitar el intercambio de información no
confidencial pertinente con las organizaciones humanitarias y de desarrollo de las
Naciones Unidas, incluso mediante plataformas compartidas y un enfoque común, a
fin de proporcionar las bases para la formulación de políticas y la adopción de
medidas destinadas a hacer frente a los riesgos de desastres y sus consecuencias, de
contribuir a las actividades de preparación, como las actividades y la financiación
basadas en previsiones y la financiación del riesgo de desastres, y de aumentar la
eficacia y la rendición de cuentas en la respuesta humanitaria basada en las
necesidades, y alienta al sistema de las Naciones Unidas, según proceda, y a otros
agentes competentes a que sigan prestando asistencia a los países en desarrollo en sus
esfuerzos por crear capacidad local y nacional de reunión y análisis de datos;
58. Alienta también a los Estados Miembros a que, con el apoyo de las
Naciones Unidas si lo solicitan, establezcan y refuercen las bases de datos sobre las
pérdidas ocasionadas por los desastres, los perfiles de riesgo y las capacidades
disponibles en el plano nacional y sigan reuniendo, difundiendo y utilizando esos
datos, para fundamentar las políticas y estrategias sobre el tema;
59. Alienta a los Estados Miembros, las organizaciones regionales, las
Naciones Unidas y las organizaciones humanitarias y de desarrollo a que sigan
mejorando la determinación, localización y análisis de riesgos y vulnerabilidades,
incluidos los efectos a nivel local de los factores que podrían aumentar el riesgo de
desastres, y la elaboración y aplicación de estrategias y programas adecuados para
preverlos y hacerles frente, incluso mediante el uso de la ciencia, la tecnología y la
innovación, y en este sentido alienta a todos los interesados pertinentes a que apoyen
a los Gobiernos en la creación de capacidad, en particular a nivel regional y local,
mediante el intercambio de conocimientos especializados e instrumentos y la
prestación de los recursos necesarios, según proceda, para asegurar que existan planes
y capacidades efectivos para la gestión de desastres conformes con las prioridades
nacionales para la gestión del riesgo de desastres;
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