Cooperación internacional para la asistencia humanitaria en los casos de desastre natural, desde el socorro hasta el desarrollo A/RES/74/115 contribuya de la manera más eficaz posible a un enfoque integrado y que tenga en cuenta los riesgos para la consecución de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 5, en particular mediante el aumento de la resiliencia frente a los desastres, la reducción del riesgo de desplazamiento en el contexto de los desastres y el apoyo a la capacidad de preparación y respuesta en los planos nacional y local; 5. Pone de relieve la necesidad de promover y fortalecer las actividades de reducción del riesgo de desastres y preparación para casos de desastre a todos los niveles, en particular en las zonas de peligro, y alienta a los Estados Miembros, al sistema de las Naciones Unidas y a los demás agentes humanitarios y de desarrollo competentes a que sigan aumentando la financiación y la cooperación para las actividades de reducción del riesgo de desastres, incluido el refuerzo de la preparación y la mitigación, así como para la respuesta a ellos; 6. Alienta a los Estados Miembros a que, en consonancia con el llamamiento hecho en el Marco de Sendái, promuevan la reducción del riesgo de desastres, incluidas la prevención, la mitigación y la preparación, la respuesta y la recuperación, con miras a asegurar una respuesta rápida y eficaz a los desastres y promover la cooperación internacional para aumentar la resiliencia y reducir el riesgo de desastre s; 7. Alienta también a los Estados Miembros a que aporten contribuciones financieras específicamente dedicadas a la reducción del riesgo de desastres, incluidas la prevención, mitigación y preparación, así como la acción temprana, la respuesta rápida y la recuperación, de una manera armonizada, flexible y complementaria que aproveche al máximo y ayude a coordinar las opciones y posibilidades de financiación de las actividades humanitarias y de desarrollo; 8. Exhorta a todos los Estados a que adopten, cuando haga falta, y sigan aplicando efectivamente las medidas legislativas y de otra índole que se requieran para mitigar los efectos de los desastres naturales e integrar estrategias de reducción del riesgo de desastres en la planificación del desarrollo, a sí como a incorporar una perspectiva de género en las políticas, la planificación y la financiación, y, a este respecto, solicita a la comunidad internacional que siga prestando asistencia a los países en desarrollo, así como a los países de economía en tr ansición, según proceda; 9. Reconoce que el cambio climático, entre otros factores, contribuye a la degradación ambiental y al aumento de la intensidad y la frecuencia de los fenómenos climáticos y meteorológicos extremos, todo lo cual amplifica el riesg o de desastres y contribuye al riesgo de desplazamientos en el contexto de los desastres, y a este respecto alienta a los Estados Miembros, así como a las organizaciones internacionales, regionales y subregionales competentes, a que, de conformidad con sus mandatos específicos, apoyen la adaptación a los efectos adversos del cambio climático, refuercen los sistemas de reducción del riesgo de desastres e incrementen considerablemente la disponibilidad de sistemas de alerta temprana multirriesgos y el acceso a ellos a fin de minimizar las consecuencias humanitarias de los desastres naturales, en particular mediante el suministro de tecnología y apoyo para la creación de capacidad en los países en desarrollo; 10. Insta a las Naciones Unidas, las organizaciones humanitarias y de desarrollo competentes, las instituciones financieras internacionales y otros interesados competentes a que refuercen la capacidad y resiliencia de los Estados Miembros, en particular por medio de la creación de capacidad para la resili encia comunitaria, la aplicación de innovaciones en las ciencias y la tecnología, y las inversiones en el contexto de los desastres y el cambio climático; 11. Alienta a los Estados Miembros a que atiendan las necesidades humanitarias y de desarrollo resultantes de los desplazamientos provocados por los desastres naturales, empleando, entre otras cosas, políticas nacionales y medidas de 19-22032 7/19

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