Cooperación internacional para la asistencia humanitaria en
los casos de desastre natural, desde el socorro hasta el desarrollo
A/RES/74/115
16. Alienta a los Estados Miembros a integrar consideraciones relativas al
desplazamiento en las estrategias de preparación para casos de desastre y promover
la cooperación con los países vecinos y otros países interesados a fin de preparar
mecanismos de alerta temprana, planificación para imprevistos, almacenamiento y
coordinación, planificación de evacuaciones, acuerdos de recepción y asistencia, e
información pública;
17. Exhorta a los Estados Miembros y las organizaciones y agentes pertinentes
a que reconozcan y aborden las consecuencias de las emergencias humanitarias para
los migrantes, en particular los que se encuentran en situaciones vulnerables, y
redoblen los esfuerzos internacionales coordinados para prestarles asistencia y
proporcionarles protección en coordinación con las autori dades nacionales;
18. Alienta a los Estados Miembros a que fortalezcan los marcos operacionales
y jurídicos del socorro internacional y la recuperación inicial en casos de desastre,
adopten y apliquen leyes y reglamentos nacionales, según proceda, para re ducir los
efectos de los factores subyacentes que aumentan el riesgo de desastres y la
vulnerabilidad, y adopten normas y procedimientos amplios para facilitar y
reglamentar la asistencia internacional en casos de desastre, basándose, según
proceda, en las Directrices sobre la Facilitación y Reglamentación Nacionales de las
Operaciones Internacionales de Socorro en Casos de Desastre y Asistencia para la
Recuperación Inicial, y exhorta al Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la
Media Luna Roja, las organizaciones pertinentes de las Naciones Unidas y otros
asociados a que presten apoyo técnico para lograr estos objetivos;
19. Acoge con beneplácito la efectiva cooperación que existe entre los Estados
afectados, los órganos competentes del sistema de las Naciones Unidas, los países
donantes, las instituciones financieras regionales e internacionales y demás
interesados pertinentes, como el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la
Media Luna Roja, los municipios, la sociedad civil y el sector pri vado, en la
coordinación y prestación del socorro de emergencia, y destaca la necesidad de que
la cooperación y la prestación de socorro prosigan durante todas las operaciones de
socorro y las labores de rehabilitación y reconstrucción a mediano y largo pl azo de
un modo que reduzca la vulnerabilidad frente a futuros peligros naturales;
20. Reitera el compromiso de apoyar, con carácter prioritario, las actividades
de los países, en particular de los países en desarrollo, encaminadas a reforzar a todos
los niveles su capacidad de evaluar y reducir el riesgo, prepararse para los desastres
naturales, responder a ellos de manera rápida, eficaz y segura, y mitigar sus efectos;
21. Reitera también la necesidad de fomentar las capacidades de los Gobiernos
de gestionar los riesgos de desastres y climáticos y responder a ellos, en particular
prestando apoyo y reforzando las capacidades de preparación y respuesta a nivel
nacional y local, según corresponda, y de crear resiliencia, teniendo en cuenta las
necesidades distintas de las mujeres, las niñas, los niños y los hombres de todas las
edades, incluidas las personas con discapacidad;
22. Subraya la necesidad de hacer frente a los efectos económicos, sociales y
ambientales del cambio climático, y pone de relieve la necesidad de adoptar medidas
a todos los niveles dirigidas a intensificar los esfuerzos para crear resiliencia
mediante, entre otras cosas, la gestión sostenible de los ecosistemas, a fin de reducir
las consecuencias y los costos de los desastres naturales;
23. Insta a los Estados Miembros a que establezcan sistemas de alerta
temprana y preparación para los desastres y medidas para la reducción del riesgo a
todos los niveles, y, cuando ya existan, los actualicen y fortalezcan, de conformidad
con el Marco de Sendái, teniendo en cuenta sus propias circunstancias y capacidad y
en coordinación con los agentes pertinentes, según proceda, y a que mejoren su
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