A/RES/51/153 Página 2 aplica para sufragar los gastos del presupuesto ordinario de las Naciones Unidas, Teniendo en cuenta que los países económicamente más desarrollados están en condiciones de hacer contribuciones relativamente mayores y que los países económicamente menos desarrollados tienen una capacidad relativamente limitada de contribuir a operaciones de esa índole, Teniendo presente la responsabilidad especial de los Estados que son miembros permanentes del Consejo de Seguridad en la financiación de tales operaciones, como se señala en la resolución 1874 (S-IV) de la Asamblea General, de 27 de junio de 1963, Tomando nota con reconocimiento de la contribución voluntaria hecha por un gobierno a la Administración de Transición, Consciente de que es indispensable proporcionar a la Administración de Transición los recursos financieros necesarios para que pueda desempeñar las funciones que le competen en virtud de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, 1. Toma nota de la situación de las contribuciones para la Administración de Transición de las Naciones Unidas en Eslavonia Oriental, Baranja y Srijem Occidental al 30 de noviembre de 1996, en particular de las cuotas pendientes de pago por valor de 53,6 millones de dólares de los Estados Unidos, que representan el 23% de las cuotas asignadas desde que se estableció la Administración de Transición hasta el 31 de diciembre de 1996, observa que aproximadamente el 27% de los Estados Miembros han pagado sus cuotas íntegramente, e insta a los demás Estados Miembros de que se trate, en particular a los que están en mora, a que abonen sus cuotas pendientes de pago; 2. Expresa su preocupación por la situación financiera de las actividades de mantenimiento de la paz, en particular con respecto al reembolso a los países que aportan contingentes, que sufren las consecuencias del atraso de los Estados Miembros en el pago de sus cuotas; 3. Expresa su reconocimiento a los Estados Miembros que han pagado íntegramente sus cuotas; 4. Insta a los demás Estados Miembros a que hagan cuanto esté a su alcance por pagar íntegra y puntualmente sus cuotas para la Administración de Transición; 5. Hace suyas las observaciones y recomendaciones que figuran en el informe de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto2; 6. Pide al Secretario General que tome todas las medidas necesarias para que la Administración de Transición se administre con el máximo de eficiencia y economía; 7. Decide consignar la suma de 140.484.350 dólares en cifras brutas (136.087.550 dólares en cifras netas) para el mantenimiento de la Administración de Transición durante el período comprendido entre el 1º de julio de 1996 y el 30 de junio de 1997, la cual incluye la cantidad de 3.440.050 dólares para la cuenta de apoyo para las operaciones de mantenimiento de la paz, además de la suma de 140.484.350 dólares en cifras brutas (136.087.550 dólares en cifras netas) ya consignada para el período comprendido entre el 1º de julio y el 31 de diciembre de 1996 de conformidad con lo dispuesto en la resolución 50/242 de la Asamblea General; /...

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