A/RES/48/75 Página 16 limitar la exportación de minas terrestres antipersonal, y que se lo presente en su cuadragésimo noveno período de sesiones en relación con el tema titulado "Desarme general y completo". 81ª sesión plenaria 16 de diciembre de 1993 L Prohibición de la producción de material fisionable para armas nucleares u otros artefactos explosivos nucleares La Asamblea General, Acogiendo con agrado el considerable avance logrado en la reducción de los arsenales nucleares, de lo que dan prueba los acuerdos bilaterales sustantivos concertados entre los Estados Unidos de América y la Federación de Rusia y sus respectivos compromisos unilaterales respecto de la eliminación de material fisionable, Acogiendo también con agrado la iniciativa de los Estados Unidos de América respecto de un tratado multilateral y verificable internacional y efectivamente sobre la prohibición de la producción de material fisionable para armas nucleares u otros artefactos explosivos nucleares, Acogiendo además con agrado la decisión adoptada el 10 de agosto de 1993 por la Conferencia de Desarme de conferir a su Comité ad hoc sobre la prohibición de los ensayos nucleares el mandato de negociar un tratado sobre la prohibición completa de los ensayos nucleares, de alcance universal y verificable internacional y efectivamente 18/, y apoyando plenamente el contenido de esa decisión, Convencida de que un tratado no discriminatorio, multilateral y verificable internacional y efectivamente que prohibiera la producción de material fisionable para armas nucleares u otros artefactos explosivos nucleares constituiría una aportación importante a la no proliferación nuclear en todos sus aspectos, 1. Recomienda la negociación, en el foro internacional más adecuado, de un tratado no discriminatorio, multilateral y verificable internacional y efectivamente que prohíba la producción de material fisionable para armas nucleares u otros artefactos explosivos nucleares; 2. Pide al Organismo Internacional de Energía Atómica que preste su asistencia, cuando sea necesario, para el examen de los mecanismos de verificación de ese tratado; ____________ 18/ Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, cuadragésimo octavo período de sesiones, Suplemento No. 27 (A/48/27), párr. 31 (párr. 2 del texto citado).

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