A/RES/57/194 4. Pide al Secretario General que continúe tomando las disposiciones financieras adecuadas y que proporcione el apoyo necesario, incluido un grado suficiente de asistencia de la Secretaría, para que el Comité pueda seguir funcionando y haciendo frente a su creciente volumen de trabajo; 5. Pide asimismo al Secretario General que invite a los Estados partes en la Convención que estén en mora a pagar las sumas pendientes de pago y que le presente un informe al respecto en su quincuagésimo noveno período de sesiones; III Situación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial 1. Toma nota del informe del Secretario General 9 sobre la situación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial1 ; 2. Expresa su satisfacción por el hecho de que ciento sesenta y cinco Estados hayan ratificado la Convención o se hayan adherido a ella; 3. Reafirma una vez más su convicción de que la ratificación de la Convención o la adhesión a ella con carácter universal y la aplicación de sus disposiciones son necesarias para alcanzar los objetivos del Tercer Decenio de la Lucha contra el Racismo y la Discriminación Racial y para la aplicación de los compromisos asumidos con arreglo a la Declaración y el Programa de Acción de Durban aprobados por la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia 3; 4. Insta a todos los Estados que aún no son partes en la Convención a que la ratifiquen o se adhieran a ella como cuestión de urgencia, con miras a alcanzar su ratificación universal para 2005; 5. Exhorta a los Estados a que limiten el alcance de sus reservas a la Convención, las formulen en la forma más precisa y específica posible a fin de asegurarse de que ninguna sea contraria al objetivo y el propósito de la Convención o incompatible con el derecho internacional de los tratados, las examinen periódicamente con miras a retirarlas y retiren las que sean contrarias al objetivo y el propósito de la Convención o que sean incompatibles con el derecho internacional de los tratados; 6. Pide a los Estados partes en la Convención que aún no lo hayan hecho que consideren la posibilidad de hacer la declaración prevista en el artículo 14 de la Convención; 7. Decide examinar en su quincuagésimo noveno período de sesiones, en relación con el tema titulado “Eliminación del racismo y la discriminación racial”, los informes del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial sobre la labor realizada en sus períodos de sesiones 62° y 63° y 64° y 65°, el informe del Secretario General sobre la situación financiera del Comité y el informe del Secretario General sobre la situación de la Convención. 77ª sesión plenaria 18 de diciembre de 2002 _______________ 9 4 A/57/334.

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