A/RES/62/204
Reconociendo que la falta de acceso territorial al mar, agravada por la lejanía
de los mercados mundiales, así como los gastos prohibitivos y los riesgos del
tránsito siguen limitando considerablemente los ingresos procedentes de la
exportación, las corrientes de capital privado y la movilización de recursos internos
de los países en desarrollo sin litoral y, por tanto, repercuten negativamente en su
crecimiento y su desarrollo socioeconómico en general,
Reconociendo también que la cooperación entre los países de tránsito y los
países en desarrollo sin litoral permite establecer mejores sistemas de transporte de
tránsito,
Expresando apoyo a los países en desarrollo sin litoral que están saliendo de
un conflicto, con miras a que puedan rehabilitar y reconstruir las infraestructuras
políticas, sociales y económicas según corresponda y ayudarlos a cumplir sus
prioridades de desarrollo de conformidad con las metas y objetivos del Programa de
Acción de Almaty: Atención de las necesidades especiales de los países en
desarrollo sin litoral dentro de un nuevo marco mundial para la cooperación en
materia de transporte de tránsito para los países en desarrollo sin litoral y de
tránsito 7,
6F
Recordando la Nueva Alianza para el Desarrollo de África 8, iniciativa para
acelerar la cooperación y el desarrollo económicos regionales, dado que muchos de
los países en desarrollo sin litoral y de tránsito se encuentran en África,
7F
Toma nota del informe del Secretario General sobre el estado de los
1.
preparativos del examen de mitad de período del Programa de Acción de Almaty 9;
8F
2.
Toma nota también de los documentos finales de la Reunión temática
sobre el desarrollo de la infraestructura de transporte de tránsito, celebrada en
Uagadugú del 18 al 20 de junio de 2007 10, y de la Reunión Temática sobre Comercio
Internacional y Facilitación del Comercio, celebrada en Ulaanbaatar los días 30 y
31 de agosto de 2007 11;
9F
10F
3.
Reafirma el derecho de acceso al mar y desde el mar de los países sin
litoral y la libertad de tránsito a través del territorio de los países de tránsito por
todos los medios de transporte, de conformidad con las normas aplicables del
derecho internacional;
Reafirma también que los países de tránsito, en el ejercicio de su plena
4.
soberanía sobre su territorio, tienen derecho a tomar todas las medidas necesarias
para asegurar que los derechos y las facilidades que se ofrezcan a los países sin
litoral no menoscaben en modo alguno sus intereses legítimos;
Alienta a los donantes y las instituciones financieras y de desarrollo
5.
multilaterales y regionales, en particular el Banco Mundial, el Banco Asiático de
Desarrollo, el Banco Africano de Desarrollo y el Banco Interamericano de
Desarrollo, a que presten a los países en desarrollo sin litoral y de tránsito asistencia
_______________
7
Informe de la Conferencia Ministerial Internacional de Países en Desarrollo sin Litoral y de Tránsito y
de Países Donantes y de las Instituciones Financieras y de Desarrollo Internacionales sobre la
Cooperación en materia de Transporte de Tránsito, Almaty (Kazajstán), 28 y 29 de agosto de 2003
(A/CONF.202/3), anexo I.
8
A/57/304, anexo.
9
A/62/226.
10
A/62/256 y Corr.1, anexos I y II.
11
A/C.2/62/4, anexos I y II.
2