A/RES/55/49
10. Reafirma la soberanía, la integridad territorial y la independencia política
de la República Democrática del Congo y de todos los Estados de la región y pide a
todas las partes en el conflicto que pongan fin a las hostilidades y cumplan sus
obligaciones dimanantes del Acuerdo de cesación del fuego firmado en Lusaka 10;
11. Reafirma la importancia de que los Estados Miembros contribuyan por
todos los medios a su alcance al logro de una paz efectiva y duradera en Angola, y
en ese contexto reitera que la causa primordial de la situación existente actualmente
en Angola es el incumplimiento por la Unión Nacional para la Independencia Total
de Angola, dirigida por Jonas Savimbi, de sus obligaciones en virtud de los
Acuerdos de Paz 11, el Protocolo de Lusaka 12 y las resoluciones pertinentes del
Consejo de Seguridad;
12. Observa con inquietud los problemas humanitarios que causa en la
población civil la situación actual en Angola, encomia al respecto los esfuerzos que
realizan los Estados Miembros, incluso el Gobierno de Angola, y las organizaciones
humanitarias para prestar asistencia humanitaria a Angola, y los insta a que sigan
proporcionando y aumentando dicha asistencia;
13. Acoge con beneplácito el restablecimiento del orden constitucional y
democrático en Guinea-Bissau tras la celebración de elecciones presidenciales y
legislativas libres y limpias el 16 de enero de 2000, y exhorta a la comunidad
internacional y al Gobierno de Guinea-Bissau a que apoyen la reestructuración
económica de Guinea-Bissau y fomenten la consolidación de la democracia;
14. Afirma la importancia del Atlántico Sur para las transacciones marítimas
y comerciales mundiales, y su empeño en preservar la región para todos los fines y
actividades pacíficos protegidos por el derecho internacional, en particular por la
Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar 13;
15. Exhorta a los Estados Miembros a que continúen sus esfuerzos por lograr
una reglamentación adecuada del transporte marítimo de desechos radiactivos y
tóxicos, teniendo en cuenta los intereses de los Estados costeros, y de conformidad
con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y los
reglamentos de la Organización Marítima Internacional y del Organismo
Internacional de Energía Atómica;
16. Observa con preocupación el aumento del tráfico de drogas y otros
delitos conexos, incluido el uso indebido de drogas, y hace un llamamiento a la
comunidad internacional y a los Estados miembros de la zona para que promuevan
la cooperación regional e internacional destinada a combatir todos los aspectos del
problema de las drogas y delitos conexos;
17. Reconoce, habida cuenta del número, la magnitud y la complejidad de los
desastres naturales y otras situaciones de emergencia, la necesidad de fortalecer la
coordinación de la asistencia humanitaria entre los Estados miembros de la zona con
el fin de garantizar una respuesta oportuna y eficaz;
18. Acoge con satisfacción el ofrecimiento de Benin de ser país anfitrión de
la sexta reunión de los Estados miembros de la zona;
10
S/1999/815, anexo.
S/22609.
12
S/1994/1441.
13
Publicación de las Naciones Unidas, número de venta: E.97.V.10.
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