A/RES/50/134 Página 2 Declaración con motivo del cincuentenario de las Naciones Unidas 1/, aprobada el 24 de octubre de 1995, de intensificar la cooperación en materia de reducción de desastres naturales y de grandes desastres tecnológicos y provocados por el hombre, de socorro en casos de desastre y de rehabilitación y asistencia humanitaria después de los desastres, a fin de aumentar la capacidad de los países afectados para hacer frente a esas situaciones, Consciente de que se aproxima el décimo aniversario del desastre de la central nucleoeléctrica de Chernobyl que, por su alcance, llegó a ser la mayor catástrofe tecnológica y dio lugar a consecuencias y problemas humanitarios, ecológicos, sociales, económicos y de salud de interés común, para cuya solución se requiere una amplia y activa cooperación internacional y la coordinación de las actividades en esa esfera en los planos nacional e internacional, Expresando su profunda preocupación por los persistentes efectos sobre la vida y la salud de la población, en particular sobre los niños, en las zonas afectadas de Belarús, la Federación de Rusia y Ucrania, así como en los demás países más afectados por el desastre de Chernobyl, Tomando nota de la disposición de Ucrania, en principio, a clausurar la central nucleoeléctrica de Chernobyl para el año 2000, teniendo presente la necesidad de apoyo adecuado a tal fin por parte de los países y las organizaciones internacionales pertinentes, 1995 Tomando nota del informe del Secretario General, de 8 de septiembre de 2/, relativo a la aplicación de la resolución 48/206, 1. Pide al Secretario General que prosiga sus esfuerzos encaminados a lograr la aplicación de las resoluciones de la Asamblea General 45/190, 46/150, 47/165 y 48/206 y que, mediante los mecanismos de coordinación existentes, en particular el Coordinador de las Naciones Unidas de la Cooperación Internacional para Chernobyl, siga manteniendo una estrecha cooperación con los organismos del sistema de las Naciones Unidas, así como con las organizaciones regionales y otras organizaciones pertinentes, con miras a alentar el intercambio periódico de información, la cooperación y la coordinación de las actividades multilaterales y bilaterales en esas esferas, y al propio tiempo continúe ejecutando programas y proyectos concretos, entre otras cosas, en el marco de los acuerdos y arreglos pertinentes; 2. Invita a los Estados Miembros, en particular a los Estados donantes, a las instituciones financieras multilaterales pertinentes, y a otras partes interesadas de la comunidad internacional, incluidas las organizaciones no gubernamentales, a que presten apoyo a los esfuerzos que están realizando Belarús, la Federación de Rusia y Ucrania para hacer frente a las consecuencias del desastre de Chernobyl, y pide al Secretario General que haga un llamamiento a los Estados Miembros para que mantengan e intensifiquen su asistencia; 3. Toma nota del establecimiento en Ucrania de un Centro Científico y Tecnológico Internacional para los Accidentes Nucleares y Radiológicos, como 1/ Resolución 50/6. 2/ A/50/418. /...

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