A/RES/64/72 para la Pesca Responsable de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (“el Código”) 4 y los planes de acción internacionales conexos se enuncian principios y normas de comportamiento de aplicación mundial en materia de prácticas responsables para la conservación de los recursos pesqueros y la ordenación y el desarrollo de las pesquerías, Acogiendo con beneplácito además los resultados, incluidas las decisiones y recomendaciones, del 28° período de sesiones del Comité de Pesca de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, celebrado del 2 al 6 de marzo de 2009 5, Observando con preocupación que la ordenación efectiva de la pesca de captura marina se ve obstaculizada en algunas zonas por información y datos no fidedignos debidos, entre otras causas, a que las capturas de peces y la intensidad de la actividad pesquera no se declaran o se declaran de manera incorrecta, y que esa falta de información exacta contribuye a que continúe la sobreexplotación pesquera en algunas zonas, Reconociendo la importante contribución de la pesca sostenible a la seguridad alimentaria, los ingresos, el patrimonio y la reducción de la pobreza de las generaciones actuales y futuras, Reconociendo también la necesidad urgente de que se adopten medidas a todos los niveles para asegurar el aprovechamiento y la ordenación sostenibles de los recursos pesqueros a largo plazo mediante la aplicación amplia del criterio de precaución y de los enfoques basados en los ecosistemas, Expresando preocupación por los efectos adversos actuales y previstos del cambio climático en la seguridad alimentaria y la sostenibilidad de la pesca, y observando, a ese respecto, la labor del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático, la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación y el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Deplorando el hecho de que en muchas partes del mundo las poblaciones de peces, incluidas las de peces transzonales y las de peces altamente migratorios, sean objeto de sobrepesca o de actividades pesqueras intensas y escasamente reglamentadas como resultado, entre otras cosas, de la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada, el control y la aplicación coercitiva insuficientes por parte de los Estados del pabellón, incluidas las medidas de seguimiento, control y vigilancia, las medidas de regulación insuficientes, los subsidios perjudiciales y la capacidad excesiva, así como el control insuficiente por parte de los Estados del puerto, como se resalta en el informe El estado mundial de la pesca y la acuicultura 2008 de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación 6, Preocupada por el escaso número de Estados que han adoptado medidas para aplicar, individualmente y por medio de las organizaciones y los arreglos regionales de ordenación pesquera, el Plan de Acción Internacional para la ordenación de la _______________ 4 Instrumentos relativos a la pesca internacional con un índice alfabético por temas (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.98.V.11), secc. III. 5 Véase Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, Informe del 28º período de sesiones del Comité de Pesca, Roma, 2 a 6 de marzo de 2009, FAO, Informe de Pesca y Acuicultura núm. 902 [FIEL/R902 (Es)]. 6 Se puede consultar en www.fao.org/corp/publications/es. 2

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