A/RES/58/246 1. Acoge con beneplácito el informe del Comité Especial encargado de preparar una convención internacional amplia e integral para proteger y promover los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad 1; 2. Pide al Secretario General que transmita el informe del Comité Especial a la Comisión de Desarrollo Social en su 42° período de sesiones y a la Comisión de Derechos Humanos en su 60° período de sesiones, y pide asimismo a ambas Comisiones que sigan contribuyendo a la labor del Comité Especial; Hace suya la decisión del Comité Especial de establecer un grupo de trabajo 3. encargado de preparar y presentar un proyecto de texto que sirva de base para la negociación del proyecto de convención en el Comité Especial teniendo en cuenta todas las contribuciones presentadas 2; 4. Observa que el Grupo de Trabajo presentará al Comité Especial en su tercer período de sesiones los resultados de su labor sobre un proyecto de texto; 5. Decide que el Comité Especial comience las negociaciones sobre un proyecto de convención en su tercer período de sesiones; 6. Decide también que el Comité Especial celebre, dentro de los límites de los recursos existentes, dos períodos de sesiones en 2004 de una duración de 10 días laborables cada uno, antes del quincuagésimo noveno período de sesiones de la Asamblea General; Subraya la importancia de estrechar la cooperación y la coordinación 7. entre la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y el Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de la Secretaría a fin de que respalden conjuntamente la labor del Comité Especial; Insta a que se tomen nuevas disposiciones para asegurar la participación 8. activa de organizaciones no gubernamentales en el Comité Especial, con arreglo a su resolución 56/510, de 23 de julio de 2002, y sobre la base de la decisión del Comité Especial relativa a las modalidades de participación de esas organizaciones en sus trabajos; Subraya la necesidad de tomar otras disposiciones para que todas las 9. personas con discapacidad puedan tener acceso a instalaciones y documentación en las Naciones Unidas de conformidad con su decisión 56/474, de 23 de julio de 2002, lo que supone adecuarlas razonablemente; 10. Pide al Secretario General que continúe proporcionando al Comité Especial los servicios necesarios para el desempeño de sus funciones; 11. Alienta a los Estados Miembros a que sigan incluyendo a personas con discapacidad u otros expertos en la materia en sus delegaciones a las reuniones del Comité Especial; 12. Insta a los Estados Miembros, los observadores, la sociedad civil y el sector privado a que hagan contribuciones al fondo voluntario establecido en virtud de su resolución 57/229 con el fin de financiar la participación de organizaciones _______________ 1 2 2 Véase A/58/118 y Corr.1. Véase A/58/118, párr. 15.

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