A/HRC/RES/57/13
Recordando además el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la
Población y el Desarrollo y los documentos finales de sus conferencias de examen,
reafirmando la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing, los documentos finales del
vigésimo tercer período extraordinario de sesiones de la Asamblea General y las
declaraciones aprobadas por la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer con
ocasión de los aniversarios 10º, 15º, 20º y 25º de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la
Mujer, y subrayando la necesidad de seguir reforzando su aplicación,
Reafirmando lo dispuesto en la resolución 70/1 de la Asamblea General, de 25 de
septiembre de 2015, titulada “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo
Sostenible”, con miras a lograr el desarrollo sostenible en sus tres dimensiones (económica,
social y ambiental) de manera equilibrada e integrada, velando por no dejar a nadie atrás, y
haciendo referencia, en particular, al Objetivo de Desarrollo Sostenible 6 de garantizar la
disponibilidad y la gestión sostenible del agua y el saneamiento para todos, que refleja los
vínculos existentes entre el logro de un acceso universal y equitativo al agua potable, el
saneamiento y la higiene, incluidas la salud y la higiene menstruales, mientras se intenta
también mejorar la calidad y salubridad del agua, reducir el número de personas que sufren
escasez de agua, poner en práctica la gestión integrada de los recursos hídricos en todos los
niveles, proteger y restablecer los ecosistemas relacionados con el agua y prestar una atención
especial a las necesidades y los derechos de todas las mujeres y las niñas,
Recordando todas las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos sobre el
cambio climático y los derechos humanos, y sobre los derechos humanos y el medio
ambiente, incluidas la resolución 48/13 del Consejo, de 8 de octubre de 2021, y la
resolución 76/300 de la Asamblea General, de 28 de julio de 2022, ambas tituladas
“El derecho humano a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible”,
Recordando también la resolución 56/11 del Consejo de Derechos Humanos, de 11 de
julio de 2024, sobre la gestión de la higiene menstrual, los derechos humanos y la igualdad
de género,
Recordando además que, más de 14 años después del reconocimiento de los derechos
humanos al agua potable y al saneamiento, y 9 años después de la aprobación de la
Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, la adopción de enfoques integrados que den
apoyo a la efectividad en la práctica de los derechos humanos al agua potable y al
saneamiento, en particular haciendo frente a las desigualdades y prestando especial atención
a las necesidades y los derechos de todas las mujeres y niñas, es más pertinente que nunca,
Acogiendo con beneplácito la labor del Relator Especial sobre los derechos humanos
al agua potable y al saneamiento, tomando nota con aprecio de su informe titulado “El nexo
entre el agua y la economía: gestionar el agua para usos productivos desde la perspectiva de
los derechos humanos”1, y alentando a todos los Estados a que estudien las recomendaciones
que contiene,
Preocupado por el aumento de los costos de los servicios de agua potable y
saneamiento, que puede afectar a la plena efectividad de los derechos humanos al agua y al
saneamiento, y afirmando a este respecto que el agua potable y las instalaciones y servicios
de agua deben ser tanto física como económicamente accesibles para todos, sin
discriminación,
Acogiendo con beneplácito la celebración de la Conferencia de las Naciones Unidas
sobre el Examen Amplio de Mitad de Período del Logro de los Objetivos del Decenio
Internacional para la Acción “Agua para el Desarrollo Sostenible” (2018-2028), celebrada en
Nueva York del 22 al 24 de marzo de 2023, y tomando nota con aprecio del resumen de las
deliberaciones de la Conferencia preparado por el Presidente de la Asamblea General, la
Estrategia del Sistema de las Naciones Unidas para el Agua y el Saneamiento, solicitada por
la Asamblea General en su resolución 77/334, de 1 de septiembre de 2023, y presentada en
el marco del período de sesiones de 2024 del foro político de alto nivel sobre el desarrollo
sostenible celebrado bajo los auspicios del Consejo Económico y Social, y la hoja de ruta de
ONU-Agua para la integración de los derechos humanos en la cuestión del agua y el
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GE.24-18733