A/RES/56/117
13. Reconoce también la gran importancia de dar poder a los jóvenes
formando capacidad para que logren una mayor independencia, superando los
obstáculos para su participación y dándoles oportunidades para que puedan adoptar
decisiones que afecten a su vida y bienestar;
14. Reafirma la decisión expresada por los Jefes de Estado y de Gobierno en
la Declaración del Milenio 4 de elaborar y aplicar estrategias que proporcionen a los
jóvenes de todo el mundo la posibilidad real de encontrar un trabajo digno y
productivo y acoge complacida, en ese contexto, la iniciativa del Secretario General
de crear una red de empleo para los jóvenes e invita al Secretario General a que
prosiga esas iniciativas;
15. Observa con profunda preocupación que en la actualidad
aproximadamente la mitad de las nuevas infecciones del virus de la
inmunodeficiencia humana (VIH) se producen en jóvenes de 15 a 24 años de edad y
que cada día se infectan no menos de 6.500 jóvenes, y reitera la necesidad de lograr
las metas y los compromisos que figuran en la Declaración de compromiso en la
lucha contra el VIH/SIDA, aprobada en el vigésimo sexto período extraordinario de
sesiones de la Asamblea General, celebrado en la Sede del 25 al 27 de junio de
2001 7;
16. Reafirma la importancia de la escolaridad y la enseñanza, en particular
para las niñas y las jóvenes, y reconoce el valor de todas las formas de educación
permanente, entre ellas la enseñanza y la formación escolar y la enseñanza no
escolar;
17. Insta a los Estados Miembros, a todos los organismos de las Naciones
Unidas y a las organizaciones no gubernamentales a que sigan aplicando plenamente
las directrices para la planificación de nuevas medidas y la adopción de medidas
complementarias adecuadas en la esfera de la juventud, aprobadas por la Asamblea
General en su resolución 40/14, y las directrices para el mejoramiento de las formas
de comunicación entre las Naciones Unidas y la juventud y las organizaciones
juveniles, aprobadas en sus resoluciones 32/135 y 36/17, y en particular que
faciliten, de conformidad con dichas resoluciones, las actividades de los
mecanismos de los jóvenes establecidos por ellos y sus organizaciones;
18. Toma nota con reconocimiento de la importante función que cabe al
Fondo de las Naciones Unidas para la Juventud en la ejecución de los programas y
mandatos convenidos sobre la juventud, incluida la prestación de apoyo a las
actividades que realizan los jóvenes para promover la cooperación Sur-Sur y el
apoyo para la participación de delegados jóvenes de los países menos adelantados
en el cuarto período de sesiones del Foro Mundial de la Juventud;
19. Invita a todos los gobiernos y a las organizaciones intergubernamentales y
no gubernamentales a que aporten contribuciones al Fondo y pide al Secretario
General que adopte las medidas apropiadas para alentar a que se aporten
contribuciones;
20. Reitera la invitación que se hace a los Estados Miembros en el Programa
de Acción Mundial a que consideren la posibilidad de incluir representantes de los
jóvenes en sus delegaciones a la Asamblea General y otras reuniones de órganos
pertinentes de las Naciones Unidas, con miras a ampliar las formas de comunicación
y realzar el debate sobre las cuestiones relacionadas con los jóvenes, y pide al
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4
Resolución S-26/2, anexo.
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