A/HRC/RES/38/9 de Corea), y persigue el objetivo de movilizar a todos los países y asociados y brindar orientación para el logro del cumplimiento efectivo del Objetivo de Desarrollo Sostenible 4 y la consecución de las metas conexas sobre educación para todos, incluidos los desplazados internos y los refugiados, Reiterando los compromisos asumidos de fortalecer los medios de ejecución, en particular el Objetivo 17 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y los compromisos relativos a cada Objetivo, así como las medidas reseñadas en la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo, a fin de garantizar el pleno cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, Reiterando también la importancia del desarrollo en la primera infancia como base sólida para todo el sistema de educación básica, Condenando enérgicamente los continuos ataques contra estudiantes, docentes, escuelas y universidades, que impiden lograr la efectividad del derecho a la educación y causan daños graves y duraderos a las personas y las sociedades, Reconociendo las repercusiones negativas del cambio climático, los desastres naturales, los conflictos y las crisis para el logro de la plena efectividad del derecho a la educación, así como el hecho de que una gran proporción de la población mundial no escolarizada vive en zonas afectadas por conflictos, y de que las crisis, la violencia y los ataques contra las instituciones educativas o la utilización de estas con fines militares, los desastres naturales y las pandemias continúan perturbando la educación y el desarrollo en el mundo, como se señala en la Declaración de Incheon, Reconociendo también que las niñas están representadas de manera desproporcionada entre los niños sin escolarizar y que las mujeres están representadas de manera desproporcionada entre los adultos analfabetos debido a, entre otras cosas, la discriminación por motivos de raza, color, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición, embarazo o matrimonio precoz, falta de instalaciones sanitarias adecuadas, estereotipos de género o normas sociales patriarcales, o por motivos económicos cuando la educación no es gratuita, Reiterando que el acceso a la nueva tecnología de la información y las comunicaciones, en particular a Internet, contribuye a favorecer la efectividad del derecho a la educación y a promover una educación inclusiva de calidad, Acogiendo con beneplácito las medidas adoptadas para hacer efectivo el derecho a la educación, como la promulgación de legislación adecuada, el pronunciamiento de sentencias por los tribunales nacionales, la elaboración de indicadores nacionales, la formulación por expertos de principios rectores e instrumentos para los Estados y la labor orientada a garantizar la justiciabilidad de este derecho, y consciente de la función que pueden desempeñar los procedimientos de presentación de comunicaciones para fomentar la justiciabilidad del derecho a la educación, 1. Exhorta a todos los Estados a que adopten todas las medidas necesarias para aplicar las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos sobre el derecho a la educación, a fin de que todos puedan ejercerlo plenamente; 2. Insta a todos los Estados a que hagan plenamente efectivo el derecho a la educación, entre otras vías, mediante el cumplimiento de sus obligaciones de respetar, proteger y garantizar el derecho a la educación por todos los medios apropiados, en particular adoptando medidas como las siguientes: a) Revisar los sistemas nacionales de gobernanza de la educación, que abarcan las leyes, las políticas, las instituciones, los procedimientos y prácticas administrativos, los mecanismos de supervisión y rendición de cuentas y los procedimientos judiciales relativos al derecho a la educación, de conformidad con las obligaciones que les incumben en virtud del derecho internacional de los derechos humanos y en consonancia con los compromisos contraídos por todos los Estados en el marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible; b) Aplicar los principios de transparencia, rendición de cuentas y no discriminación en las estructuras nacionales y locales de gobernanza y gestión de la 2 GE.18-11833

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