A/HRC/RES/32/31 Naciones Unidas Asamblea General Distr. general 20 de julio de 2016 Español Original: inglés Consejo de Derechos Humanos 32º período de sesiones Tema 3 de la agenda Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos el 1 de julio de 2016 32/31. Espacio de la sociedad civil El Consejo de Derechos Humanos, Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, Guiado también por la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Declaración y el Programa de Acción de Viena, los Pactos Internacionales de Derechos Humanos y todos los demás instrumentos pertinentes, Recordando la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos, Recordando también sus resoluciones 27/31, de 26 de septiembre de 2014, sobre el espacio de la sociedad civil, y 24/21, de 27 de septiembre de 2013, sobre el espacio de la sociedad civil: creación y mantenimiento, en la legislación y en la práctica, de un entorno seguro y propicio, Recordando asimismo todas las demás resoluciones del Consejo de Derechos Humanos relativas a la creación y el mantenimiento de un espacio para la sociedad civil, entre otras las relativas al derecho a la libertad de opinión y de expresión; los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación; la protección de los defensores de los derechos humanos; la participación en condiciones de igualdad en la vida pública y política; la cooperación con las Naciones Unidas, sus representantes y sus mecanismos en la esfera de los derechos humanos; la promoción y la protección de los derechos humanos en el contexto de las manifestaciones pacíficas, y la promoción, la protección y el disfrute de los derechos humanos en Internet, Reconociendo el importante papel de la sociedad civil en los planos local, nacional, regional e internacional, el hecho de que la sociedad civil facilita el logro de los propósitos y principios de las Naciones Unidas, y que, por tanto, la restricción indebida del espacio para la sociedad civil repercute negativamente en tal logro, GE.16-12549 (S) 210716  250716

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