A/RES/57/232 l) Respete los derechos de todos los grupos étnicos y religiosos y ponga fin de inmediato a sus continuas prácticas represivas, con inclusión de la deportación y el reasentamiento forzosos, dirigidas contra los kurdos iraquíes, los asirios y los turcomanos, y vele por la integridad personal y las libertades de todos los ciudadanos, incluida la población chiíta; m) Coopere plenamente con la Comisión Tripartita y su subcomisión técnica para determinar el paradero y la suerte de los varios centenares de personas que aún están desaparecidas, incluidos los prisioneros de guerra, kuwaitíes y nacionales de otros países víctimas de la ocupación ilegal de Kuwait por el Iraq, coopere con ese fin con el Grupo de Trabajo de la Comisión de Derechos Humanos sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias, coopere con el coordinador de alto nivel del Secretario General encargado de la repatriación de todos los nacionales kuwaitíes y de terceros países y la restitución de los bienes de propiedad kuwaití en aplicación de lo dispuesto en la sección B de la resolución 1284 (1999) del Consejo de Seguridad, pague una indemnización a las familias de las personas que murieron o desaparecieron mientras se encontraban detenidas en poder de las autoridades iraquíes, utilizando el mecanismo establecido en virtud de la resolución 692 (1991) del Consejo de Seguridad, de 20 de mayo de 1991, ponga inmediatamente en libertad a todos los kuwaitíes y nacionales de otros países que aún se encuentren detenidos e informe a las familias sobre el paradero de los detenidos, proporcione información sobre las penas de muerte impuestas a prisioneros de guerra y civiles detenidos y expida certificados de defunción de los prisioneros de guerra y civiles detenidos que hayan fallecido; n) Coopere más con los organismos internacionales de asistencia y las organizaciones no gubernamentales en la prestación de ayuda humanitaria y en la vigilancia en las zonas septentrionales y meridionales del país; o) Siga cooperando en la aplicación de las resoluciones del Consejo de Seguridad relativas a cuestiones humanitarias y de derechos humanos; p) Coopere en la localización de los campos de minas existentes en el Iraq para facilitar su acotación y posible desminado; 6. Pide al Secretario General que facilite al Relator Especial toda la asistencia que necesite para cumplir su mandato, y decide proseguir el examen de la situación de los derechos humanos en el Iraq en su quincuagésimo octavo período de sesiones, en relación con el tema titulado “Cuestiones relativas a los derechos humanos”. 77ª sesión plenaria 18 de diciembre de 2002 5

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