El Tratado sobre el Comercio de Armas
A/RES/74/49
la presentación de informes, y sobre la universalización para promover el objetivo y
el propósito del Tratado sobre el Comercio de Armas 4 ;
3.
Reconoce que la consolidación de la estructura institucional del Tratado
ofrece un marco para apoyar la continuación de la labor relacionada con él, en
particular con su aplicación efectiva, a ese respecto acoge con beneplácito los
esfuerzos realizados en la Quinta Conferencia de los Estados Partes para dar respuesta
a la situación financiera del Tratado, expresa preocupación por las cuotas impagadas
de los Estados y las posibles consecuencias adversas que ello tiene para los procesos
del Tratado, y exhorta a los Estados que aún no lo hayan hecho a que cumplan de
manera pronta y oportuna las obligaciones financieras contraídas en virtud del
Tratado;
4.
Exhorta a todos los Estados que aún no lo hayan hecho a que ratifiquen,
acepten o aprueben el Tratado o se adhieran a él, con arreglo a sus respectivos
procedimientos constitucionales, a fin de lograr su universalización;
5.
Exhorta a todos los Estados partes a que presenten oportunamente y
actualicen, según proceda, sus informes iniciales, así como sus informes anuales
correspondientes al año civil anterior, y los alienta a que divulguen dichos informes,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del Tratado, para aumentar así la
confianza y la transparencia y mejorar la rendición de cue ntas, y observa que la
Segunda Conferencia de los Estados Partes aprobó plantillas que pueden facilitar la
presentación de informes;
6.
Exhorta a aquellos Estados partes que estén en condiciones de hacerlo a
que proporcionen asistencia, incluida asistencia jurídica o legislativa, asistencia para
el desarrollo de la capacidad institucional y asistencia técnica, material o financiera,
a los Estados que la soliciten, a fin de promover la aplicación y la universalización
del Tratado;
7.
Destaca la importancia vital de que los Estados partes apliquen y cumplan
plena y eficazmente todas las disposiciones del Tratado e insta a los Estados partes a
que cumplan las obligaciones que les incumben en virtud del Tratado, contribuyendo
así a la paz, la seguridad y la estabilidad internacionales y regionales, a la reducción
del sufrimiento humano y a la promoción de la cooperación, la transparencia y la
acción responsable;
8.
Reconoce la complementariedad entre todos los instrumentos internacionales
pertinentes relativos a las armas convencionales y el Tratado y, con tal fin, insta a
todos los Estados a que apliquen medidas nacionales eficaces para prevenir, combatir
y eliminar el comercio ilícito o no regulado de armas y municiones convencionales
en cumplimiento de sus obligaciones y compromisos internacionales respectivos;
9.
Reconoce también el valor añadido de la aprobación en junio de 2018 del
informe de la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas para Examinar los
Progresos Alcanzados en la Ejecución del Programa de Acción para Prevenir,
Combatir y Eliminar el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras en Todos Sus
Aspectos 6, incluido el documento final anexado a él, y reconoce las sinergias entre el
Programa de Acción y el Tratado;
10. Alienta a que se adopten nuevas medidas para que los Estados puedan
prevenir y combatir cada vez más la desviación de armas y municiones
convencionales hacia usos finales y usuarios finales no autorizados y reconoce que
incrementar las tasas de presentación de informes, la transparencia y el intercambio
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19-21837
A/CONF.192/2018/RC/3.
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