A/RES/64/179 2. Toma nota con aprecio también de los informes del Secretario General sobre las medidas para mejorar la coordinación de la lucha contra la trata de personas 13, sobre la asistencia para la aplicación de los convenios, convenciones y protocolos universales relativos al terrorismo 14, y sobre el fortalecimiento del Programa de las Naciones Unidas en materia de prevención del delito y justicia penal, en particular de su capacidad de cooperación técnica 15; 3. Reafirma la importancia de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y de sus Protocolos2, que son los principales instrumentos de que dispone la comunidad internacional para luchar contra la delincuencia organizada transnacional; Reafirma también la importancia del Programa de las Naciones Unidas 4. en materia de prevención del delito y justicia penal para promover medidas eficaces encaminadas a fortalecer la cooperación internacional a ese respecto, así como la importancia de la labor en materia de prevención del delito y justicia penal que realiza la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito en cumplimiento de su mandato, incluidas la prestación a los Estados Miembros que lo soliciten, y con carácter prioritario, de cooperación técnica, servicios de asesoramiento y otras modalidades de asistencia, y la coordinación con la labor de todos los órganos y las oficinas pertinentes y competentes de las Naciones Unidas, y la complementación de sus actividades; Exhorta a los Estados Miembros a que redoblen sus esfuerzos de 5. cooperación en los planos bilateral, subregional, regional e internacional, según sea el caso, para luchar de manera eficaz contra la delincuencia organizada transnacional; Solicita a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito 6. que intensifique sus esfuerzos, dentro de los límites de los recursos existentes y de su mandato, con miras a prestar asistencia técnica y servicios de asesoramiento para la ejecución de sus programas regionales y subregionales en coordinación con los Estados Miembros y las organizaciones regionales y subregionales pertinentes; Solicita también a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el 7. Delito que finalice, lo antes posible, el Pacto de Santo Domingo, así como otros programas regionales, y el documento del Mecanismo de Managua para su aprobación por los Estados partes a fin de iniciar su aplicación con todos los asociados activos en los planos subregional, regional e internacional; Insta a la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito a 8. que siga prestando asistencia técnica a los Estados Miembros para combatir el blanqueo de dinero y la financiación del terrorismo mediante el Programa Mundial contra el Blanqueo de Dinero, de conformidad con los instrumentos pertinentes de las Naciones Unidas y las normas aceptadas internacionalmente, incluidas, cuando proceda, las recomendaciones de los órganos intergubernamentales competentes, como el Grupo de acción financiera sobre el blanqueo de capitales, y las iniciativas pertinentes de las organizaciones regionales, interregionales y multilaterales contra el blanqueo de dinero; _______________ 13 A/64/130. A/63/89. 15 A/63/99. 14 4

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