A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/51/33
17 de enero de 1997
Quincuagésimo primer período de sesiones
Tema 162 del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sin remisión previa a una Comisión Principal (A/51/L.42 y Add.1)]
51/33.
Proclamación del 7 de diciembre Día de la
Aviación Civil Internacional
La Asamblea General,
Observando que el 7 de diciembre es el aniversario de la firma del
Convenio sobre Aviación Civil Internacional1, hecho en Chicago ese día del año
1944,
Recordando que en el preámbulo del Convenio se señala que el desarrollo
futuro de la aviación civil internacional puede contribuir poderosamente a
crear y a preservar la amistad y el entendimiento entre las naciones y los
pueblos del mundo,
Acogiendo con satisfacción la resolución A29-1 aprobada por la Asamblea
de la Organización de Aviación Civil Internacional en 1992, en la que se
declaró el 7 de diciembre de cada año, a partir de 1994, Día de la Aviación
Civil Internacional y se encargó al Secretario General de la organización que
informara en consecuencia al Secretario General de las Naciones Unidas,
Tomando nota de que, en la sesión que celebró el 27 de mayo de 1996, el
Consejo de la Organización de Aviación Civil Internacional pidió al Secretario
General de esa organización que adoptara medidas para instar a la Asamblea
General de las Naciones Unidas a que reconociera oficialmente el 7 de
diciembre de cada año como Día de la Aviación Civil Internacional,
1.
1
Proclama el 7 de diciembre Día de la Aviación Civil Internacional;
Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 15, No. 102, pág. 295.
97-76138
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