A/RES/74/156 Instituciones nacionales de derechos humanos la Conferencia de los Estados Partes en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el Grupo de Trabajo de Composición Abierta sobre el Envejecimiento y el proceso intergubernamental de la Asamblea General para fortalecer y mejorar el funcionamiento eficaz del sistema de órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos; 13. Alienta a las instituciones nacionales de derechos humanos que cumplen los Principios de París a seguir participando y contribuyendo en las deliberaciones de todos los procesos y mecanismos pertinentes de las Naciones Unidas de conformidad con sus respectivos mandatos, incluidas las deliberaciones sobre la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible; 14. Alienta a todos los procesos y mecanismos pertinentes de las Naciones Unidas, de conformidad con sus mandatos respectivos, entre otros la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer, la Conferencia de los Estados Partes en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el Grupo de Trabajo de Composición Abierta sobre el Envejecimiento y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, incluidos el foro político de alto nivel sobre el desarrollo sostenible y los procesos preparatorios mundiales y regionales conexos, así co mo la Cumbre sobre los Objetivos de Desarrollo Sostenible, a seguir aumentando la participación de las instituciones nacionales de derechos humanos que cumplen los Principios de París y a facilitar su contribución a estos procesos y mecanismos de las Naciones Unidas, teniendo presentes las disposiciones pertinentes relativas a su participación que figuran en la resolución 60/251 de la Asamblea General, de 15 de marzo de 2006, las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 5/1, 5/2 y 16/21, y la resolución 2005/74 de la Comisión de Derechos Humanos; 15. Alienta a todos los demás foros y reuniones pertinentes de las Naciones Unidas, de conformidad con sus respectivos mandatos, reglamentos y modalidades existentes, a promover la participación de las instituciones nacionales de derechos humanos que cumplan los Principios de París y facilitar su contribuci ón en esos foros y reuniones; 16. Invita a los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos, en el marco de sus mandatos respectivos y de conformidad con dichos tratados, a establecer medios que aseguren una participación efectiva y mayor de las instituciones nacionales de derechos humanos que cumplan los Principios de París en todas las etapas pertinentes de su labor; 17. Alienta a todos los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, así como a los organismos, fondos y programas de las Naciones Unidas pertinentes, a trabajar en el marco de sus mandatos respectivos con los Estados Miembros y las instituciones nacionales en la promoción y protección de los derechos humanos en lo referente a, entre otras cosas, proyectos en la esfe ra de la buena gobernanza y el estado de derecho, acoge con beneplácito a este respecto la labor realizada por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos a fin de establecer alianzas en apoyo de las instituciones nacionales, incluida la alianza tripartita entre el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y la Alianza Global de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos, y a este respecto alienta a todos los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, así como a los organismos, fondos y programas de las Naciones Unidas pertinentes, a aumentar su interacción con las instituciones nacionales de derechos humanos, entre otras cosas facilitando su acceso a la información y la documentación pertinentes; 6/8 19-22282

Select target paragraph3