A/RES/54/199
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ofrezcan a los países sin litoral, incluidos los países en desarrollo sin litoral, no menoscaben en modo alguno
sus legítimos intereses;
5. Insta a los países en desarrollo sin litoral y a los países de tránsito vecinos a que tomen medidas
con objeto de intensificar sus esfuerzos de cooperación y colaboración para hacer frente a los problemas del
transporte de tránsito, incluida la cooperación bilateral y, cuando corresponda, subregional, entre otras cosas,
mejorando la infraestructura física y los aspectos no físicos de los sistemas de transporte de tránsito,
concertando, cuando resulte apropiado, acuerdos bilaterales y subregionales sobre las operaciones de
transporte de tránsito, y fortaleciendo los existentes, creando empresas mixtas en la esfera del transporte de
tránsito y fortaleciendo las instituciones y los recursos humanos dedicados al transporte de tránsito, y, al
respecto, observa que la cooperación Sur–Sur también cumple una función importante en esa esfera;
6. Hace un nuevo llamamiento a todos los Estados, las organizaciones internacionales y las
instituciones financieras para que, con carácter urgente y prioritario, apliquen las medidas específicas relativas
a las necesidades y los problemas particulares de los países en desarrollo sin litoral convenidas en las
resoluciones y declaraciones aprobadas por la Asamblea General, en las conclusiones de las grandes
conferencias de las Naciones Unidas relativas a los países en desarrollo sin litoral celebradas recientemente,
y en el Marco global para la cooperación en materia de transporte de tránsito entre los países en desarrollo
sin litoral y de tránsito y la comunidad de donantes 1 y tengan plenamente en cuenta las recomendaciones y
conclusiones convenidas en la cuarta Reunión de expertos gubernamentales de países en desarrollo sin litoral
y de tránsito y de representantes de los países donantes y de instituciones financieras y de desarrollo;
7. Acoge con beneplácito los esfuerzos que sigue desplegando el Secretario General de la
Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, en colaboración con los países y las
instituciones donantes, en particular el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, las comisiones
regionales y las instituciones subregionales pertinentes, a fin de organizar, según proceda, grupos consultivos
especiales a petición de los países en desarrollo sin litoral y de tránsito a fin de determinar esferas de acción
prioritarias en los planos nacional y subregional y elaborar programas de acción;
8. Invita a los países donantes, al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y a las
instituciones multilaterales financieras y de desarrollo a que presten a los países en desarrollo sin litoral y de
tránsito asistencia financiera y técnica apropiada, en forma de donaciones o préstamos en condiciones
favorables, para construir, mantener y mejorar sus instalaciones de transporte y almacenamiento y otras
instalaciones relacionadas con el transporte de tránsito, incluso las rutas alternativas y el mejoramiento de las
comunicaciones, y los invita asimismo a que promuevan proyectos y programas subregionales, regionales
e interregionales y, a este respecto, a que también consideren, entre otras cosas, la posibilidad de aumentar
la disponibilidad de distintos modos de transporte y mejorar al máximo su utilización y de aumentar la
eficiencia del transporte intermodal en los corredores de transporte;
9. Subraya que la asistencia para el mejoramiento de las instalaciones y los servicios de transporte
de tránsito debería integrarse en las estrategias globales de desarrollo económico de los países en desarrollo
sin litoral y de tránsito y que, en consecuencia, los donantes deberían tener en cuenta las necesidades de la
reestructuración a largo plazo de la economía de los países en desarrollo sin litoral;
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