Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/55/58
Distr. general
17 de enero de 2001
Quincuagésimo quinto período de sesiones
Tema 104 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/55/592)]
55/58.
Seguimiento del Año Internacional de las Personas de
Edad:
Segunda
Asamblea
Mundial
sobre
el
Envejecimiento
La Asamblea General,
Recordando su resolución 54/24, de 10 de noviembre de 1999, y su resolución
54/262, de 25 de mayo de 2000, en la cual decidió convocar la Segunda Asamblea
Mundial sobre el Envejecimiento que se celebrará en España en abril de 2000,
Recordando también la resolución 2000/1 del Consejo Económico y Social, de
3 de mayo de 2000, así como la decisión 38/100 de la Comisión de Desarrollo
Social, de 17 de febrero de 2000 1,
Tomando nota de las iniciativas emprendidas y el impulso generado en todos
los niveles por la celebración del Año Internacional de las Personas de Edad con
miras a que se preste atención a los problemas relacionados con el envejecimiento
de la población y a las preocupaciones y contribuciones de las personas de edad,
Teniendo presente que, en su resolución 54/262, la Asamblea General decidió
que la Comisión de Desarrollo Social se constituyera en comité preparatorio de la
Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento,
Reiterando que en la Segunda Asamblea Mundial sobre el Envejecimiento se
debería prestar especial atención, entre otras cosas, a los vínculos entre el
envejecimiento y el desarrollo, en particular las necesidades, prioridades y
perspectivas de los países en desarrollo,
Reafirmando la necesidad de que en la Segunda Asamblea Mundial sobre el
Envejecimiento se realice un seguimiento práctico del Año Internacional de las
Personas de Edad y reconociendo la importancia de un proceso preparatorio
adecuado,
Reafirmando también que el plan de acción revisado y la estrategia a largo
plazo sobre el envejecimiento incluirán recomendaciones financieras realistas para
su aplicación,
1
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2000, Suplemento No. 6 y corrección
(E/2000/26 y Corr.1), cap. I, secc. C.
00 56290