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de los familiares para realizar autopsias o para la rápida obtención de fotografías y
otras pruebas forenses.
50. La revelación de experiencias de tortura sexual se ve además inhibida por una
serie de respuestas sociales y psicológicas como el trastorno de estrés postraumático
o la evitación/disociación, así como por el estigma real o percibido, o el miedo a ser
objeto de represalias por parte de la familia o la comunidad 71. Se ha informado de que
en el Sudán se han producido suicidios de mujeres debido al miedo y la vergüenza
asociados a la violación 72. También se ha comunicado que en Etiopía las
supervivientes se abstienen de denunciar las agresiones sufridas porque es habitual
que los maridos se divorcien de sus esposas tras enterarse de que han sido agredidas
sexualmente 73. Las víctimas masculinas pueden creer que la revelación de este tipo
de información compromete su masculinidad 74. En los lugares donde las relaciones
homosexuales están tipificadas como delito, pueden temer ser procesados 75.
51. Los supervivientes pueden temer que se vulnere la confidencialidad de su
información. El equilibrio entre el consentimiento informado y una investigación
eficaz debe ir siempre encaminado a proteger a las víctimas para que se sientan
seguras al denunciar estos delitos. En el Manual para la investigación y
documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o
degradantes (Protocolo de Estambul) se exponen las obligaciones éticas
fundamentales de los profesionales sanitarios de resp etar la autonomía y la intimidad
del paciente para evitar que sufra daños. Los tribunales o autoridades que soliciten
información deben respetar la ética médica de confidencialidad 76. Como mínimo,
todas aquellas personas que trabajen con supervivientes deben contar con protocolos
de confidencialidad y con medidas para proteger la información, la privacidad y la
seguridad de los supervivientes, lo que incluye prestar especial atención a la
seguridad de las comunicaciones digitales, la gestión de los datos y el
almacenamiento de estos 77. En Ucrania, por ejemplo, las víctimas pueden solicitar
medidas de protección de sus datos personales y el “aviso de sospecha” (documento
de acusación) no indica el lugar concreto del delito para evitar la retraumatización de
la víctima, la publicidad, la condena o la estigmatización 78.
E.
Recogida de pruebas
52. La tortura sexual provoca daños físicos, psicológicos o ambos. Un exceso de
confianza o de exigencia de pruebas físicas de la tortura sexual perpetrada durante un
conflicto conduce a la injusticia. De hecho, la ausencia de pruebas físicas de tortura
sexual en los conflictos es la norma.
53. La recopilación de pruebas en situaciones de conflicto armado en curso y
después de él es especialmente difícil. Las zonas en las que se está produciendo la
violencia pueden estar ocupadas, ser objeto de ataques, estar minadas o ser
inaccesibles por cualquier otro motivo. Entre la comisión de un delito y el acceso al
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Comunicación presentada por el Equipo de Vigilancia y Asesoramiento para la Paz, el Desarrollo y el
Protocolo de Estambul, párrs. 274 a 276.
Comunicación presentada por Partners for Transparency.
Comunicación presentada por la Comisión de Derechos Humanos de Etiopía.
Comunicación presentada por el Programa de Desarrollo Jurídico de Siria.
Comunicación presentada por All Survivors Project.
Protocolo de Estambul, párr. 172.
Institute for International Criminal Investigations, “Código de Conducta Mundial para Recabar y Usar
Información sobre la Violencia Sexual Sistemática Relacionada con los Conflictos” (Código Murad), 13 de
abril de 2022, principio 7.8.
Comunicación presentada por Ucrania.
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