A/RES/60/210 derechos y les impiden recurrir eficazmente contra la discriminación basada en el género, y alienta a que se preste asistencia a los países para alcanzar esa meta; 31. Insta a los donantes multilaterales, e invita a las instituciones financieras internacionales, dentro de sus respectivos mandatos, y los bancos regionales de desarrollo a que examinen y apliquen políticas de apoyo a las actividades nacionales destinadas a aumentar la proporción de recursos a disposición de las mujeres, en particular las que viven en zonas rurales y apartadas; 32. Alienta a los gobiernos, las organizaciones internacionales, en particular el sistema de las Naciones Unidas, el sector privado y la sociedad civil, a que incorporen plenamente una perspectiva de género en las actividades de aplicación y seguimiento de las conclusiones de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible y la Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo y a que apliquen las recomendaciones concretas sobre la microfinanciación y el microcrédito para la mujer y las políticas presupuestarias con una perspectiva de género; 33. Subraya la importancia de que se reúna e intercambie toda la información necesaria sobre el papel de la mujer en el desarrollo, incluidos los datos sobre la migración internacional, así como la necesidad de elaborar estadísticas desglosadas por sexo, y a ese respecto alienta a los países desarrollados y las entidades pertinentes de las Naciones Unidas a que presten apoyo y asistencia a los países en desarrollo que lo soliciten para establecer, desarrollar y fortalecer sus sistemas de bases de datos e información; 34. Insta a todas las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas, a que, en el marco de sus respectivos mandatos, incorporen una perspectiva de género y aspiren a la igualdad entre los géneros en sus programas nacionales, instrumentos de planificación y programas sectoriales y establezcan a ese respecto objetivos y metas específicos en los países con arreglo a las estrategias nacionales de desarrollo; 35. Exhorta al sistema de las Naciones Unidas a que integre una perspectiva de género en todos sus programas y políticas, incluso en el seguimiento integrado de las conferencias de las Naciones Unidas, de conformidad con las conclusiones convenidas 1997/2 sobre la incorporación de una perspectiva de género, aprobadas por el Consejo Económico y Social en su período de sesiones sustantivo de 1997 9; 36. Alienta a todos los fondos y programas pertinentes de las Naciones Unidas y los organismos especializados a que, con arreglo a sus respectivos mandatos, ayuden a los gobiernos que lo soliciten a reforzar su capacidad para promover y apoyar el adelanto económico de la mujer mediante, entre otras cosas, prácticas y programas de creación de empleo y capacidad empresarial que afirmen y potencien el papel de la mujer; 37. Pide nuevamente al Secretario General que actualice el Estudio Mundial sobre el Papel de la Mujer en el Desarrollo para poder examinarlo en el sexagésimo cuarto período de sesiones, señalando que el estudio debe seguir centrándose en determinadas cuestiones nuevas relacionadas con el desarrollo que repercuten en el papel que desempeña la mujer en la economía en los planos nacional, regional e internacional; 38. Decide que el tema del próximo estudio sea “El control por la mujer de los recursos económicos y del acceso a los recursos financieros, incluida la microfinanciación”; _______________ 9 Documentos Oficiales de la Asamblea General, quincuagésimo segundo período de sesiones, Suplemento No. 3 (A/52/3/Rev.1), cap. IV.A, párr. 4. 7

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