A/RES/67/172
Naciones Unidas
Distr. general
3 de abril de 2013
Asamblea General
Sexagésimo séptimo período de sesiones
Tema 69 b) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 20 de diciembre de 2012
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/67/457/Add.2 y Corr.1)]
67/172. Protección de los migrantes
La Asamblea General,
Recordando todas sus resoluciones anteriores sobre la protección de los
migrantes, la más reciente de las cuales es la resolución 66/172, de 19 de diciembre
de 2011, así como su resolución 66/128, de 19 de diciembre de 2011, relativa a la
violencia contra las trabajadoras migratorias, y recordando también la resolución
20/3 del Consejo de Derechos Humanos, de 5 de julio de 2012 1,
Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos 2, donde se
proclama que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos
y que toda persona tiene los derechos y las libertades enunciados en ella, sin
distinción alguna, en particular de raza, color u origen nacional,
Reafirmando también que toda persona tiene derecho a circular libremente y a
elegir su residencia en el territorio de un Estado, y a salir de cualquier país, incluso
del propio, y regresar a su país,
Recordando el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 3 y el Pacto
Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales3, la Convención
contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes 4, la
Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la
mujer 5, la Convención sobre los Derechos del Niño 6, la Convención Internacional
sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial 7, la Convención
sobre los derechos de las personas con discapacidad 8, la Convención de Viena sobre
_______________
1
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo séptimo período de sesiones,
Suplemento núm. 53 y corrección (A/67/53 y Corr.2), cap. IV, secc. A.
2
Resolución 217 A (III).
3
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
4
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1465, núm. 24841.
5
Ibid., vol. 1249, núm. 20378.
6
Ibid., vol. 1577, núm. 27531.
7
Ibid., vol. 660, núm. 9464.
8
Ibid., vol. 2515, núm. 44910.
12-48895S
*1248895*
Se ruega reciclar