A/RES/67/172 Naciones Unidas Distr. general 3 de abril de 2013 Asamblea General Sexagésimo séptimo período de sesiones Tema 69 b) del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 20 de diciembre de 2012 [sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/67/457/Add.2 y Corr.1)] 67/172. Protección de los migrantes La Asamblea General, Recordando todas sus resoluciones anteriores sobre la protección de los migrantes, la más reciente de las cuales es la resolución 66/172, de 19 de diciembre de 2011, así como su resolución 66/128, de 19 de diciembre de 2011, relativa a la violencia contra las trabajadoras migratorias, y recordando también la resolución 20/3 del Consejo de Derechos Humanos, de 5 de julio de 2012 1, Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos 2, donde se proclama que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y que toda persona tiene los derechos y las libertades enunciados en ella, sin distinción alguna, en particular de raza, color u origen nacional, Reafirmando también que toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado, y a salir de cualquier país, incluso del propio, y regresar a su país, Recordando el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 3 y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales3, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes 4, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer 5, la Convención sobre los Derechos del Niño 6, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial 7, la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad 8, la Convención de Viena sobre _______________ 1 Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, sexagésimo séptimo período de sesiones, Suplemento núm. 53 y corrección (A/67/53 y Corr.2), cap. IV, secc. A. 2 Resolución 217 A (III). 3 Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo. 4 Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1465, núm. 24841. 5 Ibid., vol. 1249, núm. 20378. 6 Ibid., vol. 1577, núm. 27531. 7 Ibid., vol. 660, núm. 9464. 8 Ibid., vol. 2515, núm. 44910. 12-48895S *1248895* Se ruega reciclar

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