A/RES/50/39
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Observando con satisfacción los logros del Comité Especial al contribuir
a la aplicación efectiva y completa de la Declaración y demás resoluciones
pertinentes de las Naciones Unidas sobre descolonización,
Destacando la importancia de la participación de las Potencias
administradoras en los trabajos del Comité Especial,
Observando también con satisfacción la cooperación y la participación
activa de algunas Potencias administradoras en los trabajos del Comité
Especial, así como el hecho de que siguen dispuestas a recibir misiones
visitadoras de las Naciones Unidas en los territorios bajo su administración,
Observando con preocupación las repercusiones negativas que la no
participación de algunas Potencias administradoras ha tenido sobre la labor
del Comité Especial, privando a éste de una fuente importante de información
sobre los territorios que ellas administran,
Consciente de la apremiante necesidad de los Estados de reciente
independencia y de los que están a punto de lograrla de recibir asistencia de
las Naciones Unidas y de su sistema de organizaciones en las esferas
económica, social y de otro orden,
Consciente también de la apremiante necesidad que tienen los territorios
no autónomos que aún quedan, en particular los pequeños territorios insulares,
de recibir asistencia económica, social y de otra índole de las Naciones
Unidas y de las organizaciones del sistema,
Tomando nota en particular del hecho de que, durante su período de
sesiones de 1995, el Comité Especial realizó un examen de la mitad del período
del Plan de Acción para el Decenio internacional para la eliminación del
colonialismo en el contexto de la celebración del cincuentenario de las
Naciones Unidas, en el que se estudiaron nuevas opciones para la libre
determinación,
1.
Reafirma su resolución 1514 (XV) y todas las demás resoluciones
sobre descolonización, incluida su resolución 43/47, en la que declaró el
decenio que comenzó en 1990 Decenio internacional para la eliminación del
colonialismo, y exhorta a las Potencias administradoras a que, de conformidad
con esas resoluciones, tomen todas las medidas necesarias para hacer que los
pueblos de los territorios de que se trata ejerzan plenamente y sin más demora
su derecho a la libre determinación, incluida la independencia;
2.
Afirma una vez más que la persistencia del colonialismo en
cualquiera de sus formas y manifestaciones, incluida la explotación económica,
es incompatible con la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal
de Derechos Humanos 2/ y la Declaración sobre la concesión de la
independencia a los países y pueblos coloniales;
3.
Reafirma su determinación de seguir tomando todas las medidas
necesarias para lograr la completa y rápida eliminación del colonialismo y la
fiel observancia por todos los Estados de las disposiciones pertinentes de la
Carta, la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y
pueblos coloniales y la Declaración Universal de Derechos Humanos;
2/
Resolución 217 A (III).
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