A/RES/50/108
Página 2
1.
Acoge con beneplácito el informe del Grupo de las Naciones Unidas
sobre creación de oportunidades y participación 2/;
2.
Toma nota de la contribución del Grupo a la finalización de un
programa de desarrollo y a las disposiciones para el seguimiento de la Cumbre
Mundial sobre Desarrollo Social celebrada en Copenhague del 6 al 12 de marzo
de 1995;
3.
Invita a los Estados Miembros y a los organismos y organizaciones
pertinentes del sistema de las Naciones Unidas a que examinen las
observaciones y recomendaciones del Grupo, en particular las secciones de su
informe relativas a los esfuerzos que deben hacerse para promover el
desarrollo de la pequeña y mediana empresa en los países en desarrollo como
medida eficaz para fomentar la creación de oportunidades y la participación en
el contexto del desarrollo nacional y el desarrollo económico y social de
todos los pueblos;
4.
Invita a la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible a que, dentro
del marco general de sus actividades relacionadas con el comercio, el medio
ambiente y el desarrollo sostenible, la mitigación de la pobreza y la
promoción de la agricultura sostenible y el desarrollo rural y la explotación
pesquera en pequeña escala, haga uso del trabajo del Grupo;
5.
Invita al Comité de Planificación del Desarrollo a que, de
conformidad con su mandato, tenga en cuenta las recomendaciones del Grupo en
la labor que realice en 1996 en el contexto de la Estrategia Internacional
del Desarrollo para el Cuarto Decenio de las Naciones Unidas para el
Desarrollo 3/;
6.
Alienta a los organismos y las organizaciones pertinentes del
sistema de las Naciones Unidas, en particular al Programa de las Naciones
Unidas para el Desarrollo y a las comisiones regionales, a que redoblen sus
esfuerzos por fomentar la creación de oportunidades y la participación y a que
desarrollen esos conceptos y los incorporen en sus estrategias y programas,
incluidos los cursos prácticos y seminarios regionales y nacionales;
7.
Invita a los Estados Miembros y a las organizaciones
internacionales a que hagan contribuciones voluntarias especiales para esos
esfuerzos;
8.
Alienta a que se preste apoyo para que el informe del Grupo sea
objeto de la mayor difusión posible en la comunidad internacional.
96a. sesión plenaria
20 de diciembre de 1995
2/
A/50/501, anexo.
Véase también A/50/501/Add.1
3/
Resolución 45/199, anexo.